Este artículo se publicó hace 5 años.
IRPHLa banca, pendiente de dos resoluciones judiciales europeas que obligarían a devolver 10.000 millones de euros a sus clientes
Las entidades bancarias españolas contienen la respiración ante la cercanía de dos resoluciones de la justicia comunitaria que, si contradicen de nuevo las tesis del Supremo con los préstamos hipotecarios y avalan la postura de la Comisión Europea, favora
Zaragoza-
La banca española tiene marcadas en rojo dos fechas de la primera quincena de septiembre. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha programado los días 10 y 11 de ese mes dos sesiones clave en otros tantos pleitos sobre las prácticas hipotecarias en las que se juega más de 10.000 millones de euros. Y la Comisión Europea es partidaria de que salga trasquilada en ambos casos.
En la primera de esas jornadas, el día 10 a las 9.30 horas en la Gran Sala, el Abogado General (una figura similar a la del fiscal) hará públicas sus conclusiones sobre el IRPH, el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios que algunos bancos y cajas aplicaban en sus préstamos en lugar del euríbor y que, según distintas estimaciones habría llevado a los consumidores a pagar entre 9.000 y 10.500 millones de euros de más en intereses de una manera, sostienen los demandantes, fraudulenta, ya que ni su uso es obligatorio ni su sistema de cálculo por el Banco de España es transparente.
En la segunda, el día 11 a las 9.30 horas en la sala cuarta, el tribunal acogerá la vista por la renegociación de las cláusulas suelo que la mayoría de los bancos y cajas españoles realizaron con los clientes entre la sentencia del Supremo que en mayo de 2013 declaró la nulidad de las abusivas, pero sin retroactividad para cobrar lo pagado de más, y la del propio TJUE que en diciembre de 2016 dictaminó que los afectados debían recuperarlo todo.
Los demandantes, y también varias audiencias provinciales pero no el Supremo, sostienen que esas renegociaciones eran en la práctica imposiciones de las entidades financieras, que de esa manera mantenían las cláusulas abusivas, aunque con una ligera rebaja en su rentabilidad, y que, de paso, aprovechaban para forzar a sus clientes a comprometerse a no llevarles a los tribunales. Los afectados renuncian que esa renuncia es ilegal y reclaman recobrar todo el sobrecoste.
La UE apoya a los demandantes
La Comisión Europea se ha alineado con los consumidores en los dos pleitos. En ambos casos, los informes de posición remitidos al TJUE se pronuncian a favor de los demandantes y en contra de las tesis de las entidades financieras y de la Abogacía del Estado, que se alinea con la banca y pide resolver las cuestiones de prejudicialidad con pronunciamientos favorables a esta.
“Esa una buena señal, aunque no es algo definitivo”, explica la abogada zaragozana Victoria Gil Larcada, impulsora de uno de los pleitos sobre renegociación de cláusulas suelo que debe resolver el TJUE.
“La Comisión sostiene que el derecho a recurrir a los tribunales es una materia indisponible, a la que no se puede renunciar, y que cliente y banco no se encontraban en la misma situación a la hora de negociar” la rebaja de la cláusula, indica, sino que este último se encontraba en una posición de dominio. “La UE va en la línea de defender los derechos del consumidor”, añade.
Varias entidades financieras, y también algunos hipootecados, han recurrido ante el Tribunal Supremo las sentencias de las audiencias provinciales contrarias a sus intereses en este asunto para mantener vivos los pleitos a la espera de que el TJUE se pronuncie, ya que, de lo contrario, esos fallos pasarían a ser firmes.
El Supremo, que el año pasado falló a favor de convalidar esas renegociaciones, está admitiendo a trámite esos recursos sin suspenderlos, al contrario de lo que sí están haciendo algunas audiencias como la de Zaragoza para evitar que pueda haber pronunciamientos contradictorios en un escaso periodo de tiempo cuando solo faltan unos meses para que falle el TJUE.
“El abogado del Estado defiende a la banca”
La Comisión Europea también emitió un informe favorable a los intereses de los consumidores en el caso del IRPH. “Somos optimistas. La CE presentó un informe a nuestro favor y su abogado también se posicionó de nuestro lado en la vista oral”, explica Jon Etxaniz, de la plataforma IRPH Stop Guipúzcoa, que es la que ha logrado que la cuestión prejudicial llegara al TJUE.
En este caso, la Sala Civil del Supremo también se había pronunciado a favor de convalidar la aplicación del IRPH, aunque la sentencia conto con dos votos particulares “que ya decían que eso era contrario al derecho comunitario. Eso también nos da esperanza”, señala Etxaniz, que añade que “la aplicación del IRPH no es obligatoria, aunque se trata de un indicador legal, pero los bancos y cajas lo aplicaban sin más explicaciones”.
La diferencia sobre la cantidad a pagar en intereses en función de si se aplica uno u otro a la cantidad que se adeuda resulta obvia: el Euríbor, el principal índice de referencia para los créditos hipotecarios que marca el BCE, cotizaba esta semana por debajo de las 37 centésimas negativas, mientras el IRPH, calculado por el Banco de España, cayó al 1,83% en julio tras pasar la primera mitad de año por encima del 2%.
Pese a esas diferencias, y a sus efectos en los bolsillos de los consumidores, “el abogado del Estado defendió en la vista a la banca más que su propio letrado, aunque tanto los jueces como el Abogado General Europeo pusieron en duda sus argumentos”, apunta Etxaniz.
El balance de las posibles consecuencias
No existe una estimación exacta de cuánto dinero podrían suponer los intereses pagados de más por los hipotecados como consecuencia de esa renegociación de unas cláusulas que el TJUE puede declarar nulas de raíz, aunque sí serían, en el mejor de los casos para la banca, varios cientos de millones de euros a sumar a los más de 3.000 extraídos de las economías familiares mediante el fraude principal de los ‘suelos’.
Por el contrario, los datos que manejan las propias entidades sobre las consecuencias de un revés judicial con el IRPH superan con creces las previsiones de las asociaciones de consumidores y de usuarios. En este sentido, solo los tres principales bancos españoles admiten una exposición que supera los 14.000 millones de euros: 6.700 en CaixaBank, 4.300 en Santander y 3.100 en el BBVA, a la que habría que sumar la del rento de entidades.
La aplicación del IRPH no fue generalizada en España, con un millón de afectados entre más de cinco de hipotecados, aunque los procesos de concentración bancaria y de bancarización de las cajas, empapados de dinero público, también se hayan agrupado las eventuales responsabilidades jurídicas y económicas de su aplicación como índice de referencia para los créditos.
Un mal momento para la banca española
Una sentencia contraria a sus intereses en cualquiera de los pleitos llegaría cuando las entidades financieras españolas afrontan un momento agónico, en el que al gripado de un modelo de negocio que ya solo se mantiene por las comisiones se le unen por un lado la venta de activos subprime y de ramas de negocio saneadas para limpiar sus balances y cumplir las exigencias de rentabilidad de los bancos centrales europeo y español y, por otro, la desvalorización provocada por la caída de las bolsas.
El desplome de las cotizaciones de los últimos seis cuatro meses, que se ha intensificado en los dos últimos, alcanza magnitudes superiores al 20% en los casos de Bankia (27%), CaixaBank (26,34%) y de Bankinter (23,38%). La caída de la capitalización bursátil ronda en estos momentos la cuarta parte de su valor bursátil en los tres casos.
Las caídas son menores en los dos grandes bancos, con retrocesos del 18,16% en el Santander (el grueso en julio y agosto) y del 16,12% en el BBVA mientras Sabadell es, pese a sus escuálidos resultados del último año, el que, a la espera de las consecuencias que la crisis del Bréxit pueda tener en los parqués, mejor está soportando las turbulencias con 15,39%
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