Los grupos municipales de EH Bildu, PSN, Geroa Bai y Contigo-Zurekin en el Ayuntamiento de Pamplona han acordado poner en marcha una iniciativa normativa para que ya no se puedan dar más licencias de apartamentos turísticos en el ámbito del Casco Viejo de la ciudad.
Este acuerdo, definido como una "modificación urbanística de carácter preventivo", pretende salvaguardar el modelo residencial del barrio, defender su tejido comercial y favorecer un modelo de turismo sostenible, en la línea de lo expuesto en la Agenda Urbana 2030, explican estos grupos en un comunicado conjunto.
"El acuerdo se sustenta en la convicción de que el Ayuntamiento debe anticiparse al problema de que la proliferación de pisos turísticos, que sustituyen a viviendas permanentes, puede generar la expulsión de la población del barrio", argumentan.
En la actualidad, existen en el Casco Viejo pamplonés 186 de estos alojamientos, lo que supone el 2,8% del total de viviendas de esta zona y más del 55% del total de pisos turísticos en la ciudad (337). En sólo cinco años han abierto 90 y existen 21 nuevas solicitudes.
Así, el documento en el que se basa este acuerdo advierte que "cuando la proporción de apartamentos turísticos ofertados presenta valores muy elevados sobre la oferta de vivienda permanente genera un tensionamiento, principalmente del mercado de alquiler, y un aumento sustancial de los precios de la vivienda".
El acuerdo alcanzado respalda, en concreto, cuatro modificaciones a dos artículos (87 y 88) del actual PEPRI del Casco Viejo. En primer lugar, se modifica el punto 3 del artículo 87 para especificar que el uso de "residencia eventual" está tolerado "excepto para viviendas, apartamentos y alojamientos turísticos regulados por el Decreto Foral 230/2011, de 26 de octubre, o norma que lo sustituya". Esta modificación, como la segunda (punto 2 del artículo 88), incide, además, en que "se considera uso prohibido" que un piso residencial se destine a alojamiento turístico.
La tercera modificación (punto 3 del artículo 88) se refiere al alquiler de habitaciones con fines turísticos. Al respecto se especifica que "el fin turístico ha de ser anejo al de vivienda y no a la inversa" y que la superficie útil afectada "no podrá ser superior al 50% de la superficie útil total de la vivienda". Se entiende como superficie útil tanto la correspondiente "a la habitación o habitaciones" destinadas a fines turísticos, como una parte proporcional del resto del piso "en la misma proporción que el número de habitaciones dedicadas a fines turísticos con respecto al número total de habitaciones".
Finalmente, la cuarta modificación (punto 15 del artículo 88) incide en la necesidad de cooperar con el Gobierno de Navarra para "incrementar los controles y evitar esta actividad fuera del marco regulatorio". Así, se exigirá que las viviendas, apartamentos y alojamientos turísticos que ya están en funcionamiento "cumplan simultáneamente los requisitos de estar inscritos en el Registro de Turismo del Gobierno de Navarra y contar con licencia de apertura o de uso", tras la aprobación de la modificación del PEPRI.
Está previsto que la medida se apruebe en el pleno del Ayuntamiento de Pamplona antes de que finalice el año. Esta modificación urbanística no afecta otro tipo de alojamientos turísticos, por lo que hoteles, hostales, pensiones y albergues continuarán con el actual marco regulatorio.
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