Este artículo se publicó hace 4 años.
Así quedan las 22 recomendaciones sobre pensiones del Pacto de Toledo
Madrid-
Estas son las 21 recomendaciones cerradas en la comisión parlamentaria del Pacto de Toledo, de acuerdo con el borrador al que ha tenido acceso EFE, que las enumera desde cero.
0. Defensa del mantenimiento y mejora del sistema público de pensiones, basado en la solidaridad intergeneracional, la suficiencia de prestaciones, la equidad en el reparto de las cargas y la responsabilidad pública en la dirección y gestión del sistema.
1. Consolidación de la separación de fuentes y restablecimiento del equilibrio financiero, de forma que las cotizaciones sociales se destinen exclusivamente a financiar las prestaciones contributivas.
2. Mantenimiento del poder adquisitivo y mejora de las pensiones, con una revalorización anual basada en el IPC real.
3. El Fondo de Reserva no es el mecanismo adecuado para resolver los desequilibrios financieros de naturaleza estructural. Se propone establecer un remanente mínimo y endurecer su disponibilidad, y se suprime la recomendación de dotarlo anualmente con un porcentaje fijo.
4. Integración y convergencia de regímenes para que solo quede el de trabajadores por cuenta ajena y el de trabajadores por cuenta propia, con el objetivo de tengan una protección social equiparable a partir de una cotización también similar, promoviendo que los autónomos coticen conforme a sus ingresos reales.
5. Posibilidad de elegir los años más favorables en el cálculo de la pensión para no perjudicar carreras laborales con periodos de desempleo y de precariedad, dado que progresivamente se está ampliando de 15 a 25 años el periodo de cotización utilizado para determinar la pensión.
6. Los incentivos al empleo no podrán financiarse con cargo a las cotizaciones sociales y han de ser una herramienta excepcional y enfocada a colectivos de personas con discapacidad o en riesgo de exclusión social y a las víctimas de violencia de género, una vez demostrada su ineficacia cuando son generalizados.
7. Modernización e información al ciudadano, facilitando tanto los periodos cotizados a lo largo de la vida laboral, como el importe de las cotizaciones efectivamente realizadas.
8. Gestión del sistema mejorada, que incluye la defensa de una coordinación más estrecha entre el sistema de prestaciones de la Seguridad Social y los sistemas asistenciales autonómicos, y la evaluación de criterios adecuados y claros para el aplazamiento y fraccionamiento del pago de las deudas con la Seguridad Social en supuestos de dificultades.
9. Completar el proceso de modernización y transparencia en el funcionamiento de la mutuas colaboradoras con la Seguridad Social.
10. Mejora de la lucha contra el fraude laboral, con el refuerzo de medios materiales y humanos, así como con el endurecimiento del régimen de sanciones a las empresas que no cumplan con sus obligaciones frente a la Seguridad Social.
11. Reforzar la contributividad (relación entre lo cotizado y la prestación recibida), pero con mejora de las pensiones más bajas y sin agrandar la brecha de género, y valorar la posibilidad de que en los casos de vidas laborales muy prolongadas se pueda descartar algún año concreto del periodo de cálculo o escoger el tramo de la carrera de cotización sobre el que calcular la pensión.
12. Aproximación de la edad de salida efectiva del mercado de trabajo a la edad legal de jubilación, fomentando la permanencia en activo, incentivando la prolongación voluntaria de la vida laboral y evitando que la jubilación anticipada sea un forma de regulación de empleo. Se da al Gobierno tres meses para que plantee una respuesta a las jubilaciones anticipadas en las que la aplicación de coeficientes reductores provoca inequidad.
13. Reformulación integral de las prestaciones de viudedad y orfandad para mejorar su cuantía, para dirigirla a personas de 65 o más años cuya pensión constituye su principal fuente de ingresos y para elevar hasta los 25 años la edad de los beneficiarios de la prestación por orfandad.
14. Garantía de suficiencia, para lo que pide establecer como posible referencia la tasa de sustitución que relaciona la pensión media del sistema con el salario medio de los trabajadores ocupados y un ámbito territorial de medición comparada que podrían ser los países más avanzados de la Unión Europea.
15. Dentro de los sistemas complementarios se apuesta por incentivar los planes de pensiones de empleo surgidos de la negociación colectiva (promovidos por la empresa en beneficio de sus empleados) y gestionados prioritariamente sin ánimo de lucro.
16. Para corregir la brecha de género en pensiones apela a la igualdad retributiva, a corregir lagunas de cotización involuntarias o a evitar discriminación en el cálculo de la pensión en el caso del empleo parcial, desarrollado principalmente por mujeres y no por libre elección.
17. En relación con los jóvenes reclama políticas que faciliten la transición del sistema educativo al mercado de trabajo y combatir la precariedad derivada de la alta temporalidad, parcialidad, rotación o subempleo, que impactan negativamente en sus pensiones futuras.
18. Favorecer el acceso de las personas con discapacidad a un empleo digno, suficiente y de calidad, además de mejorar su protección social.
19. Facilitar la gestión de los trámites de contratación, afiliación e integración en el sistema de las personas migrantes y, en particular, de los procesos de gestión de autorizaciones de residencia y trabajo de las personas extranjeras menores de edad no acompañadas, con el fin de favorecer su incorporación plena al mercado laboral.
20. Evitar la informalidad o la infracotización en las actividades desarrolladas a través de plataformas digitales y luchar con el recurso a la figura del falso autónomo. Buscar mecanismos para completar la financiación de la Seguridad Social, más allá de las cotizaciones sociales, en una economía en la que la innovación tecnológica no implica una mayor creación de empleo ("impuesto al robot").
21. Mantener para la Seguridad Social un tratamiento presupuestario propio, mantener la colaboración fluida de la comisión del Pacto de Toledo con entidades públicas y organismos autónomos para poder desempeñar sus tareas de seguimiento, y revisar las recomendaciones transcurridos al menos cinco años desde su aprobación.
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