Este artículo se publicó hace 17 años.
El Supremo archiva la causa contra Cacharro al entender que no existió malversación de caudales
El Tribunal Supremo (TS) ha decidido archivar la causa contra el ex presidente de la Diputación de Lugo Francisco Cacharro Pardo, al entender que no cometió los delitos de malversación de caudales públicos y falsedad documental que denunció la Fiscalía de Lugo por un presunto abono ilegal de dietas.
La actuación judicial contra Cacharro, resuelta por el TS dada su condición de senador del PP y aforado, fue promovida por el anterior fiscal jefe de la Audiencia Provincial de Lugo, Jesús María Izaguirre, al entender que en la Diputación luguesa se abonaron dietas de forma irregular a varios vicepresidentes y algún diputado de esa institución.
En el auto conocido hoy, el TS acuerda el sobreseimiento de las actuaciones tras explicar que ni el aforado cobró cantidades en concepto personal, ni tampoco puede afirmarse que por el simple hecho de firmar las órdenes de pago, fiscalizadas por la intervención de la Corporación, conociera la injusticia de los acuerdos o de los pagos efectuados.
El fiscal mantenía que Cacharro Pardo, en su calidad de presidente, habría firmado las órdenes de pago de las mencionadas dietas por asistencia a sesiones de órganos colegiados y despacho ordinario para gestionar asuntos de la Corporación, circunstancia que consideró ilegal.
Según el Ministerio Público se procedió "a la determinación de días fijos de cobro, con total independencia, no ya de su legalidad, sino de si, efectivamente, se cumplía alguna tarea o no, ya que no existía sistema alguno de acreditación documental de la realidad de la actividad con palmario incumplimiento de la normativa".
El Supremo, sin embargo, recuerda que dichas órdenes contaban con los controles administrativos oportunos y tenían el visto bueno de los órganos de control e intervención de la propia Diputación Provincial de Lugo.
En el caso de Francisco Cacharro -afirma el auto-, "no había cobrado en modo alguno, de forma personal, ningún tipo de dieta o cualquier indemnización por razón del servicio".
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