Este artículo se publicó hace 13 años.
Carreteras y calles, limpias de propaganda electoral del 22-M
La reforma de la Ley electoral vigente desde enero exige la retirada este martes de la publicidad en precampaña. La web pasa a ser el escenario del debate electoral
Desde este martes, calles, carreteras, ciudades y medios quedarán limpios de propaganda electoral, tras la entrada en vigor en enero de la reforma de la Ley Orgánica 5/1985 del Régimen Electoral General (LOREG), que establece la prohibición de publicidad en precampaña: "Queda prohibida la realización de publicidad o propaganda electoral mediante carteles, soportes comerciales o inserciones en prensa, radio u otros medios digitales".
Además, desde este martes tampoco les estará permitido a los políticos visitar o inaugurar obras o servicios públicos hasta el día de las elecciones, según recoge el artículo 50.3 de esta Ley.
La prohibición ha provocado algunas situaciones curiosas, como la protagonizada por la alcaldesa de Valencia, Rita Barberá, que presentó este lunes una estación por la que no pasarán trenes hasta dentro de un mes y medio, o el alcalde de Barcelona, Jordi Hereu, quien cortó la cinta del Museo de Ciencias Naturales de la ciudad sin que su equipamiento estuviese completo.
No será hasta el próximo 6 de mayo, a las doce de la noche, cuando comience legalmente la campaña y la propaganda vuelva a difundirse con motivo de los comicios municipales y autonómicos del 22 de mayo, según ha publicado hoy el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Los encargados de retirar los carteles que adornan las calles serán los propios partidos, según ha señalado recientemente la Junta Electoral Central (JEC). "En el supuesto de que en el momento de la convocatoria electoral hubiese propaganda electoral difundida con anterioridad a ésta, que resulte contraria a lo dispuesto en el artículo 53 de la LOREG, deberá ser inmediatamente retirada, siendo, en todo caso, responsable a efectos de la Administración electoral el candidato o la formación política a la que se refiera la propaganda", sentenció la JEC.
Lo que sí se puede hacerSegún una instrucción aprobada el pasado viernes 25 de marzo por la Junta Electoral, sí se podrá "dar a conocer" a través de "cualquier medio de difusión" los actos que organizan los candidatos o líderes de los partidos para presentar a los integrantes de sus listas y programas electorales, eso sí, utilizando coches particulares para ello.
Internet pasará a ser el campo en el que los candidatos librarán la batalla por el voto, ya que se podrán utilizar páginas web o redes sociales, siempre que no implique la contratación de un tercero.
El merchandising electoral también se acaba y, aunque los partidos mayoritarios lo han solicitado, no se podrán repartir llaveros, bolígrafos, chapas o productos similares que incluyan el nombre o la fotografía de los candidatos o la denominación o siglas de las formaciones políticas. Estará igualmente prohibida la exhibición de carteles que contengan esas imágenes o símbolos en el exterior de un domicilio privado.
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