Este artículo se publicó hace 13 años.
Anulado el despido de una camarera que se negó a acostarse con su jefe
El encargado "se rozaba intencionadamente" con la empleada, "llegando a tocarle el trasero", dice la sentencia
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia ha confirmado la nulidad del despido de una camarera que antes de cumplir un mes en el trabajo fue despedida por su jefe, "que le había tocado el trasero e intentó hacerle cosquillas en el cuello", por no acceder a mantener relaciones sexuales con él.
La sentencia indica que un Juzgado de lo Social de Murcia, en su resolución de julio de 2010, declaró como hechos probados que esta mujer fue contratada por la empresa "L.C.d.M., S.L." el seis de marzo de 2009, con la categoría de ayudante de camarero, para un salón de juegos y bar.
Recibió una carta de extinción de contrato "por no superación del período de prueba"
"Desde el primer momento el empresario, al pasar junto a ella, se rozaba intencionadamente con la misma, llegando a tocarle el trasero e intentando hacerle cosquillas en el cuello".
Asimismo, le envió, "por lo menos", dos mensajes telefónicos, escritos en francés, en los que le decía que la quería mucho y que quería estar con ella.
El 31 de marzo, según la sentencia, "el empresario le entregó una carta de extinción de contrato 'por no superación del periodo de prueba', condicionando la eficacia del mismo a que la demandante se acostara con él y mantuviera la relación sexual con el mismo".
El Juzgado de lo Social, en una sentencia que ahora se ve respaldada por el Tribunal Superior de Justicia de Murcia, declaró nulo el despido y acordó, "vista la especialidad del procedimiento y la imputación", declarar el derecho de la camarera a optar entre reincorporarse al trabajo en las mismas condiciones laborales o a ser indemnizada con 108 euros y en otros 33 euros por salarios de tramitación.
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