Este artículo se publicó hace 16 años.
Unos 900.000 agricultores pueden pedir desde hoy ayudas directas de la PAC
Unos 900.000 agricultores pueden empezar a solicitar, desde hoy y hasta el 30 de abril, las ayudas directas de la Política Agraria Común (PAC), a través de la "solicitud única", financiadas con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA).
El Ministerio de Agricultura informó en un comunicado de que una vez concluido este plazo, los agricultores podrán modificar sus solicitudes hasta el 31 de mayo.
No obstante, advierte de que los productores deben cumplimentar adecuadamente sus solicitudes únicas y las presenten dentro del plazo para evitar penalizaciones o incluso la exclusión del sistema de ayudas directas para esta campaña, por una mala declaración o una presentación fuera de plazo.
El plazo de pago de las solicitudes comenzará el 1 de diciembre de 2008, detalla el Ministerio, que recuerda que en 2007 presentaron la solicitud única 889.211 productores, a los que se les abonará 4.800 millones de euros hasta el 30 de junio, de los cuales, las Comunidades Autónomas ya han abonado 3.814 millones de euros.
Las ayudas directas que se pueden solicitar en dicha solicitud única son las siguientes:
Régimen de pago único.
Pagos acoplados:
- Ayuda a los productores de cultivos herbáceos.
- Ayuda a los cultivos energéticos.
- Ayuda específica al arroz.
- Ayuda a los productores de patata con destino a fécula.
- Ayuda a los frutos de cáscara.
- Ayuda a los productores de semillas
Pagos específicos:
- Ayuda específica al cultivo de algodón.
- Ayuda al olivar.
- Ayuda al tabaco.
- Primas por oveja y cabra.
- Prima por vaca nodriza.
- Prima complementaria por vaca nodriza.
- Prima por sacrificio de ganado vacuno.
Pagos adicionales:
- Pagos adicionales en el sector del algodón.
- Pagos adicionales en el sector del tabaco.
- Pagos adicionales en el sector de la remolacha y la caña de azúcar.
- Pagos adicionales en el sector del ganado vacuno (explotaciones que mantengan vacas nodrizas, carne de vacuno de calidad reconocida, pagos adicionales en el sector lácteo).
Cada productor debe presentar su solicitud única en la Comunidad Autónoma donde radique su explotación o la mayor parte de la superficie de la misma y, en caso de no disponer de superficie, donde se encuentren el mayor número de animales de la explotación.
Asimismo, en el mismo plazo, los agricultores pueden presentar la solicitud de derechos de la Reserva Nacional de Pago Único, podrán solicitar derechos de dicha Reserva, entre el 1 de febrero y el 30 de abril los productores incluidos en alguno de los grupos que se especifican en su normativa reguladora.
En relación con los derechos de pago único, hay que recordar que el plazo para la comunicación de cesiones entre particulares a la Administración, que se inició el 1 de noviembre, finalizará el 19 de marzo, excepto cuando se trate de cesiones por herencia, fusión, escisión, cambio de denominación y jubilaciones o programas de cese anticipado, en cuyo caso se pueden comunicar hasta el 30 de abril.
La concesión de estas ayudas directas a los agricultores en el marco de la PAC, están condicionadas al cumplimiento de estrictos requisitos legales en materia de medio ambiente, la salud pública, la sanidad animal y vegetal, el bienestar animal y al respecto de buenas prácticas agrícolas y medioambientales.
Estos controles, conocidos con el nombre de condicionalidad, supusieron en 2006 un total de 13.816 inspecciones sobre el terreno, adicionales a las realizadas para verificar el cumplimiento del resto de requisitos necesarios para la obtención de las ayudas.
Para facilitar cumplimentar las solicitudes de ayuda, el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), en colaboración con las Comunidades Autónomas, Catastro e Instituto Geográfico Nacional (IGN), ha publicado en el SIGPAC las últimas actualizaciones de contenidos realizadas con vistas a esta nueva campaña.
Así, se han actualizado las ortofotos, que supone la revisión e integración de las modificaciones detectadas en las parcelas agrícolas; se ha integrado los nuevos parcelarios, resultantes de la renovación del catastro de rústica; y se han incorporado las concentraciones parcelarias finalizadas.
Comentarios de nuestros suscriptores/as
¿Quieres comentar?Para ver los comentarios de nuestros suscriptores y suscriptoras, primero tienes que iniciar sesión o registrarte.