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Segunda ola de la covid-19 Madrid capital y otros nueve municipios de la región tendrán que aplicar las restricciones de Sanidad

Salvador Illa ha anunciado que su departamento publicará en el BOE "los próximos días" una orden con la decisión colegiada del Consejo Interterritorial de Salud para aplicar las medidas planteadas este miércoles, entre las que se encuentran restringir la movilidad y reducir los aforos.

El ministro de Sanidad, Salvador Illa, durante una rueda de prensa, este sábado, en Barcelona. EFE/ Enric Fontcuberta
El ministro de Sanidad, Salvador Illa, en una imagen de archivo. EFE

público / AGENCIAS

El ministro de Sanidad, Salvador Illa, ha anunciado que su departamento publicará en el BOE "los próximos días" una orden con la decisión colegiada del Consejo Interterritorial de Salud para aplicar las restricciones de control, planteadas este miércoles por el Ministerio, en diez municipios de la Comunidad de Madrid.

Lo ha dicho al término de la reunión del Consejo Interterrtorial de Salud entre el Ministerio de Sanidad y las comunidades autónomas en una rueda de prensa en la que ha aseverado que esta normativa es de obligado de cumplimiento y afecta a Alcalá de Henares, Alcobendas, Alcorcón, Fuenlabrada, Getafe, Leganés, Torrejón de Ardoz, Móstoles, Parla y Madrid capital.

En este sentido, el departamento que dirige Illa ha propuesto restringir la movilidad de las personas que vivan en municipios con más de 500 casos por 100.000 habitantes.

Además, pide reducir aforos o restringir a un máximo de seis personas las reuniones familiares y sociales. En la hostelería y restauración y de juegos y apuestas pide que se cierren a las 23.00 horas, a excepción de servicios de entrega de comida a domicilio.

Si bien, tras debatirlo con las comunidades, el departamento de Illa ha dado marcha atrás en cuanto a la orden de referida al cierre de parques infantiles. "La suspensión de la actividad de parques infantiles procura evitar la interacción en grupos mayores de 6 personas y evitar aglomeraciones, que en dichos espacios pueden contribuir a la mayor transmisión del virus", argumentaba el Ministerio de Sanidad en el documento inicial. Ahora, esa medida queda anulada.

El borrador que el ministro de Sanidad ha presentado en la tarde de este miércoles a los consejeros de Sanidad también señala que cuando una comunidad autónoma constante que un municipio cumple este criterio deberá aplicar estas restricciones en un plazo máximo de 48 horas.

Ahora bien, esta medida, que va acompañada de otras nueve y de dos recomendaciones, no será de aplicación si, al menos, el 90% de los casos detectados en el municipio se corresponden con brotes no familiares perfectamente identificados y controlados, y si estos han sido convenientemente comunicados al Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias del Ministerio de Sanidad.

Las comunidades deberán aplicar estas restricciones en un plazo máximo de 48 horas

Además de la incidencia, los municipios de más de 100.000 habitantes con una alta incidencia de covid-19 que deberán restringir la movilidad tendrán que presentar un porcentaje de positividad en los resultados de las pruebas diagnósticas de infección activa por covid-19 realizadas en las dos semanas previas superior al 10%; y la comunidad autónoma a la que pertenece tener una ocupación de camas por pacientes covid-19 en Unidades de Cuidados Intensivos (UCI) superior al 35% de la dotación habitual (época pre-covid-19).

Asimismo, Sanidad propone restringir la entrada y salida de las personas que viven en dichos municipios, aunque sí circular por dentro de los domicilios y para asistir a centros, servicios y establecimientos sanitarios; cumplir con obligaciones laborales, profesionales, empresariales o legales; asistir a centros educativos; volver al lugar habitual de residencia; asistir a personas mayores, menores, dependientes, con discapacidad o vulnerables; acudir al banco, juzgado o notaría; renovar documentación oficial; realizar exámenes; o por cualquier otra causa de fuerza mayor.

"La limitación del contacto social entre personas que residen en diferentes municipios, pretende disminuir la probabilidad de transmisión entre zonas con distinta situación epidemiológica. Es una medida de urgencia para evitar la cadena de transmisión del virus y su expansión", explica Sanidad en el texto.
Por otra parte, el ministerio propone restringir a un máximo de seis personas las reuniones familiares y sociales, tanto en la vía pública como en los espacios privados, excepto en el caso de actividades laborales e institucionales".

Sanidad propone restringir la entrada y salida de las personas que viven en esos municipios

Respecto a los aforos, el borrador establece que en los lugares de culto se reduzca a un tercio, garantizando una distancia mínima interpersonal de 1,5 metros; que en los velatorios haya un máximo de 15 personas en espacios al aire libre o de 10 en espacios cerrados, reduciéndose a 15 personas la participación en la comitiva para el enterramiento o despedida.

En cuanto a los establecimientos, locales comerciales y servicios abiertos al público, el documento señala que no podrán cerrar más tarde de las 20.00 horas. Asimismo, en la hostelería y restauración y de juegos y apuestas, no podrán admitirse nuevos clientes a partir de las 22.00 horas y la hora de cierre no podrá superar las 23.00 horas, a excepción de servicios de entrega de comida a domicilio.

En la hostelería y salas de apuestas se establece también que el aforo máximo sea del 50% en espacios interiores y del 60% en exteriores; se prohíbe el consumo en barras; las mesas deberán guardar una distancia de, al menos, 1,5 metros respecto a las sillas asignadas a las demás mesas o agrupaciones de mesas; y la ocupación máxima será de seis personas por mesa o agrupación de mesas.

Las academias, autoescuelas y centros privados de enseñanzas no regladas y centros de formación tendrán que tener un aforo del 50%; mientras que en las instalaciones deportivas el aforo se reduce al 50% en interiores y al 60% en exteriores y los grupos sólo podrán ser de seis personas.

En las competiciones oficiales de ámbito estatal y carácter no profesional y las competiciones internacionales que estén bajo la tutela organizativa de las Federaciones deportivas españolas que se desarrollen en los municipios afectados, será de aplicación el Protocolo de actuación para la vuelta de competiciones oficiales de ámbito estatal y carácter no profesional en la temporada 2020/2021.

En este sentido, Sanidad informa que la limitación de aforos pretende garantizar un distanciamiento interpersonal, siendo esta medida una de las "más eficaces" para evitar la transmisión, junto a la higiene de manos y al uso de la mascarilla.
Por otro lado, el borrador destaca la necesidad de que las comunidades autónomas con municipios con más de 500 casos de Covid-19 por 100.000 habitantes refuercen sus capacidades para la detección precoz y el control de la enfermedad, así como en el ámbito de la atención sanitaria, de acuerdo a lo establecido en el Plan de respuesta temprana en un escenario de control de la pandemia por covid-19.

En la hostelería y salas de apuestas se establece un aforo máximo del 50% en espacios interiores

Estas capacidades, argumenta Sanidad, crean una estructura "sólida" para dar respuesta a escenarios de mayor transmisión. "Un sistema sanitario capaz de hacer una actuación precoz frente a los casos y sus contactos a través de la coordinación entre los diferentes sectores y garantizando los recursos humanos asistenciales, sociales junto a recursos hoteleros o de estancia para personas que no tienen medios materiales, proporciona una respuesta adecuada que contribuye al control de la transmisión", asegura.

Planes especiales en cada comunidad y ciudad autónoma

Además, el departamento que dirige Salvador Illa recomienda que las comunidades y ciudades autónomas aprueben planes especiales de actuación para controlar la expansión de los contagios en aquellos municipios de menos de 100.000 habitantes pero con una alta incidencia de infectados de coronavirus.

Finalmente, el texto señala que cada comunidad autónoma afectada y el Ministerio de Sanidad tendrán que revisar semanalmente, y de manera conjunta, la situación epidemiológica de los municipios a los que se aplique la Declaración de Actuaciones Coordinadas.

"En el marco de esta relación bilateral se valorará la modificación del ámbito de aplicación de las medidas contenidas en la declaración, siempre y cuando se observe una reducción suficiente de la incidencia acumulada en los términos establecidos en esta y teniendo en cuenta también los factores de corrección que pudieran afectarla", zanja Sanidad en el documento.

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