Sanidad incluirá advertencias sanitarias en el tabaco calentado y prohibirá el uso de aromas
El Consejo de Ministros en funciones dará el visto bueno a la normativa este martes.
El Ministerio de Sanidad retirará las excepcionalidades de las que gozaba el tabaco calentado por lo que, a partir de ahora, el etiquetado de estos productos deberá recoger mensajes con las advertencias sanitarias, como tienen el resto de formulaciones de tabaco. Se prohíbe además el uso de aromas característicos.
Así lo ha informado este lunes el ministro de Sanidad, José Miñones, a los consejeros del ramo en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS) donde se ha comprometido a modificar el real decreto de 2017 para la transposición de la directiva europea sobre la regulación del tabaco calentado.
Según ha avanzado el ministro, Sanidad actuará en dos líneas: “Por un lado, en referencia al uso de aromas, y por otro, sobre el etiquetado de estos productos, en los que deberán figurar las advertencias sanitarias, al igual que en el resto del tabaco”.
Los consejeros han sido así informados de la modificación del Real Decreto 579/2017 para la transposición de la Directiva Delegada (UE) 2022/2100, sobre la regulación del tabaco calentado, que era publicada en junio del 2022 y debía de ser adoptada por los estados Miembros “a más tardar el 23 de julio de 2023”, y aplicada a partir del 23 de octubre de 2023.
“Hace justo un año, en noviembre del 2022, la Unión Europea adaptaba su normativa de 2014 en referencia al tabaco calentado ante el incremento de consumo que se ha estado detectando en los últimos años. En España, el Real Decreto que daba cumplimiento a esta Directiva era de 2017, y, por lo tanto, ahora lo que hacemos es dar cumplimiento a la modificación realizada por la Unión Europea”, ha señalado Miñones.
La directiva europea considera producto de tabaco calentado “un producto del tabaco novedoso que se calienta para producir una emisión que contiene nicotina y otras sustancias químicas, la cual es luego inhalada por los usuarios, y que, dependiendo de sus características, es un producto del tabaco sin combustión o un producto del tabaco para fumar”.
Así, las novedades para los productos de tabaco calentado o vapeadores es que se prohíbe la comercialización de los productos del tabaco con aroma característico y de los productos del tabaco que contengan aromatizantes en sus componentes como filtros, papeles de fumar, envases, cápsulas, o cualquier otra característica técnica que permita modificar el olor o sabor de los productos del tabaco o intensificar el humo.
Conseguir una generación libre de humo en 2030
El ministro de Sanidad ha señalado que, de esta forma, se da un paso en la protección de la salud que se complementa con otras medidas “como la incorporación de un segundo medicamento financiado para dejar de fumar”.
Se trata de Recigarum, cuyo principio activo es la citisiniclina, indicado para adultos mayores de 18 años con dependencia tabáquica y para la reducción de la ansiedad a la nicotina en los fumadores que están dispuestos para dejarlo.
Con este segundo medicamento, que se suma al Todacitán, también financiado por el Sistema Nacional de Salud, los fumadores, de al menos 10 cigarrillos al día y que hayan hecho al menos un intento de abandonar el hábito una vez en el último año, podrán iniciarse con este fármaco que promete poder dejarlo definitivamente en 25 días.
Miñones ha subrayado que el Gobierno trabaja con el objetivo de conseguir una generación libre de humo en 2030, ampliando el número de espacios libres de humo y regulando de manera más estricta el uso de vapeadores en menores.
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