Santiago de Compostela
Un informe de la comisión de expertos nombrada por la Xunta de Galicia, en cumplimiento de una resolución del Parlamento gallego, concluye que el Estado puede reclamar por la vía civil la propiedad del Pazo de Meirás argumentando que tuvo uso público, aunque debería abonar una compensación si los herederos de Francisco Franco reclaman sus gastos y la justicia les da la razón.
Así lo pone de manifiesto el documento al que ha tenido acceso Efe en cuyas conclusiones los expertos avalan "la consecuente reintegración de la posesión a la Administración General del Estado, como bien integrante del dominio público" al constituir una residencia vinculada "al ejercicio de la jefatura del Estado".
Por ello, la Administración estaría "activamente legitimada para el ejercicio de una acción reivindicatoria frente a la referida comunidad hereditaria", precisa el informe acerca de esa propiedad de la que los herederos de Franco han seguido utilizando como lugar de vacaciones.
El presidente del comité de expertos, el catedrático de Historia Xosé Manuel Núñez Seixas, ha precisado en declaraciones a Radio Galega que el informe no pone de manifiesto que se abra una vía para indemnizar a la familia Franco, sino que advierte de la posibilidad de que la familia Franco reclame por la vía judicial.
Según el informe, la Administración general debería incoar una demanda civil para reclamar que esa propiedad, situada en el municipio coruñés de Sada, pase a estar considerada como bien de dominio público, en base a la resolución que se emita sobre la demanda que se debería interponer ante el Juzgado de primera instancia de Betanzos.
La Justicia debería determinar de este modo si el Pazo de Meirás, que fue anteriormente propiedad de la escritora Emilia Pardo Bazán y que pasó a ser residencia de verano del dictador durante décadas, fue un inmueble oficial en el que incluso se celebraron consejos de ministros como está suficientemente acreditado, es de carácter estatal.
Sin embargo, esta opción podría derivar en "la necesidad" de que la Administración deba "liquidar los gastos y costes derivados de la posesión del inmueble" entre el 21 de noviembre de 1975 —día después de la muerte del dictador— y el momento en que se restituya efectivamente la posesión a la Administración General del Estado.
También cabrían compensaciones entre las partes del procedimiento de liquidación, como consecuencia del uso anterior al 20 de noviembre de 1975, indica el informe acerca del edificio y el terreno, que fueron declarados Bien de Interés Cultural (BIC) por la Xunta en 2011.
No obstante el informe no hace referencia a ninguna cantidad concreta a desembolsar y señala que la obligación de esta compensación se debe a que "prudencialmente se puede calificar como una posesión de buena fe" por parte de la familia Franco "por cuanto no consta la existencia de requerimiento ninguno de restitución realizado por la Administración General del Estado" hasta la fecha.
En todo caso, los expertos indican que "aun en caso de que de una eventual liquidación del estado posesorio resultara un saldo favorable a los actuales poseedores del inmueble, esta suma sería notablemente inferior a su valor de mercado o al precio que habría de satisfacerse como justo precio expropiatorio si se considerara la concurrencia de causa de utilidad pública o interés social que habilitara seguir este procedimiento de privación singular de la propiedad privada".
La postura del Ayuntamiento de Sada
Esta justificación es insuficiente para el Ayuntamiento de Sada, que ha presentado un voto particular al dictamen, en el que indica que apoya la estrategia de que el Estado plantee una acción civil para reclamar la titularidad de As Torres por su uso como residencia oficial estival del dictador, pero discrepa de que ello deba tener consecuencias para el erario público.
En la redacción de su voto particular, el ayuntamiento rechaza la consideración de que la familia Franco sufragase los gastos de mantenimiento del Pazo de Meirás de buena fe, al sostener que "eran perfectamente conocedores y partícipes de los vicios de nulidad radical del título de compraventa y de la propia posesión" del inmueble.
Critica además que el Estado, "con su pasividad cómplice y vergonzosa, no ejercitase hasta ahora ninguna acción reivindicatoria", hecho del que no puede derivarse "la calificación de la posesión de buena fe, ni por el dictador ni por sus herederos".
De este modo, rechazan que la ciudadanía deba pagar a la familia por el Pazo de Meirás y remarcan que precisamente ese es el mandato de la Cámara gallega.
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