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Protección de datos Los 'youtubers' que divulgan números de teléfono sin consentimiento podrían ser multados hasta con 20 millones de euros 

No se trata de delitos penados con cárcel en el Código Penal, pero suponen ilegalidades que violan la ley de protección de datos. Muchas veces se ven como travesuras que no tienen consecuencias, pero los expertos advierten que no es así. 

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Imagen del vídeo del youtuber Paul Ferrer

Marisa kohan

No son bromas, sino que se trata de infracciones a la norma de protección de datos. Muchos youtubers, instagramers o personajes que intentan hacerse un hueco en algún lugar de Internet, utilizan a menudo prácticas ilegales para lograrlo que violan leyes y pueden tener importantes sanciones.

Este parece ser el caso del youtuber Paul Ferrer, que recientemente desveló en su Instagram el número de teléfono del joven Mallorquín Miquel Montoro, al que aparentemente quería "gastar una broma". Montoro se hizo conocido en redes sociales al mostrar su vida en el campo y por la emoción que mostró en un vídeo al saber que comería albóndigas. Su expresión: "Hostias pilotes" corrió por las redes. También por las críticas que recibió por parte de una concejala de Vox.

Hacer público el número de teléfono no es un delito, si entendemos por éste lo que está penado en el Código Penal, ni conllevaría pena de cárcel, afirma el experto en protección de datos Samuel Parra, socio fundador de ePrivacidad.

"Pero que no sea delito, no quiere decir que el hecho sea legal. Todo lo contrario. Aquí se produce una clarísima infracción de la normativa de protección de datos porque se publicó el teléfono del chico asociado a su nombre y esto aparentemente ocurrió sin su consentimiento", explica el experto.

"Como no se da el consentimiento se produce una infracción, que está castigada en la normativa de protección de datos con multas que puede llegar hasta los 20 millones de euros, que es el máximo que marca la ley", afirma Parra.

La Agencia de Protección de Datos podría imponer multas de entre 5.000 y 15.000 euros

Evidentemente, aclara este experto, no se va a imponer una sanción de este tipo que estarían reservadas a grandes empresas como Google, Facebook o Telefónica, pero si esto llega a manos de la Agencia de Protección de Datos, que es la administración competente para castigar estas conductas, "seguramente le pondrían una multa que podría oscilar entre los 5.000 y los 15.000 euros".

Sin embargo estas cuantías, afirma Parra, dependen de varios factores que pueden agravar la sanción. Entre ellos el hecho de que haya habido ánimo de burla, lo que parece ocurrir en este caso, "porque cualquier persona con inteligencia media sabe lo que iba a ocurrir a continuación: que recibiría cientos o miles de mensajes, que es lo que pasó".

Otro aspecto a tener en cuenta y que puede agravar las multas es el hecho de que con la publicación se haya obtenido un lucro. "Y en el caso que nos ocupa parece que así ha sido, porque la idea era captar la atención de mucha gente y captar seguidores, que al final redunda en mayores beneficios económicos para sus perfiles en redes sociales. También habría que ver qué tipo de mensajes ha recibido el chaval en su Whatsapp, porque todo eso puede tener también consecuencias".

Según Parra éste no se trata de un hecho que la Ficalía de menores persiga de oficio, porque probablemente no vería un delito o afectación a la intimidad del chico, pero si podría intervenir si considerara que se ha vulnerado su honor a raíz de esa publicación.

Divulgar sin consentimiento

En el vídeo difundido por Ferrer en su canal de YouTube, se lo ve a éste explicándole a la madre de Montoro que pretendía divulgar el número de teléfono de su hijo para gastarle una "broma", a lo que la madre del mallorquín responde: "no le va a gustar", pero no se opone abiertamente a esta acción. ¿Puede esto considerarse un consentimiento?

En esto Parra es rotundo. "La mayoría de edad a efectos de consentimiento son los 14 años. Así que el hecho de que su madre dijera que sí o que no es irrelevante. La única forma de no cometer una ilegalidad es que el menor hubiera manifestado su consentimiento expreso. Si el joven fuera menor de 14 años ni siquiera su consentimiento hubiera sido válido. Lo tendrían que dar sus padres o tutores legales.

Infracciones habituales

Para este experto, este tipo de ilegalidades son muy habituales y tienen su origen en la intención de conseguir más audiencia y notoriedad. Por ello, afirma, no están respetando los derechos de las personas.

"Quiero pensar que lo hacen (es decir, que divulgan los datos privados) porque no conocen los derechos. Hacen este tipo de prácticas para tener más notoriedad, pero sin conocer las consecuencias. Al despacho nos llegan multitud de casos que no se viralizan y pasan desapercibidos pero ocurren con mucha frecuencia. Pienso que es por ignorancia, porque no tienen ninguna formación ni se les han explicado los límites que pueden o no rebasar en Internet. Se creen que todo vale y que no va a pasar nada, porque muchas veces se montan este revuelo, pero no se habla de las multas y da la sensación de que estos actos ilícitos no tienen consecuencias, que son travesuras. Pero esto no es así".

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