Madrid
Las viviendas de uso turístico en la Comunidad de Madrid tendrán que tener un certificado de idoneidad, un documento técnico con el que se pretende garantizar que tienen los parámetros necesarios para ser ofertadas, según un borrador de decreto del Gobierno regional.
Los propietarios de las viviendas turísticas también estarán obligados a garantizar la seguridad de la actividad, por lo que deberán remitir a la Dirección General de Policía la información relativa a la identidad de las personas que se alojan en ellos. También tendrán que contratar un seguro de responsabilidad civil y respetar el ratio de capacidad de personas alojables en función de las dimensiones de la vivienda.
Las nuevas normas figuran en el borrador del decreto que debe regular las viviendas de uso turístico, y que sustituirá a otro de 2014, publicado por el Ejecutivo madrileño en el Portal de Transparencia. Según el nuevo texto, los propietarios tendrán que poseer hojas de reclamación a disposición de los usuarios y disponer de calefacción en funcionamiento, suministro de agua fría y caliente, así como de fuentes de energía suficientes.
El texto, al que durante 15 día hábiles se pueden presentar alegaciones, crea el Certificado de Idoneidad para las viviendas de Uso Turístico (CIVUT), que podrá ser expedido por un arquitecto o ingeniero y permitirá a los propietarios de inmuebles dar de alta sus viviendas en el Registro de la Comunidad de Madrid.
"Se trata de un documento que certificará que el inmueble en cuestión cumple con todos los requisitos fijados por la normativa. De este modo, se ofrece seguridad no sólo a los consumidores, sino también a los propietarios y al vecindario en el que se ubique la vivienda", explica el Gobierno regional en un comunicado.
El Ayuntamiento de Madrid también ha informado esta semana que permitirá el alquiler turístico de pisos particulares durante un máximo de noventa días y, más allá de ese plazo, exigirán licencias para poder ser alquilados al adquirir un tinte de "alojamiento profesional".
Las plataformas digitales son "empresas turísticas"
El borrador del decreto también define a las plataformas digitales que ofrecen el alquiler de estas viviendas como "empresas turísticas", por lo que estarán obligadas a cumplir la legislación y tendrán tanto derechos como obligaciones.
Deberán responsabilizarse de publicitar en sus webs sólo aquellas viviendas que estén dadas de alta en el Registro de la Comunidad de Madrid y si no cumplen con esa obligación, la administración autonómica podría abrir expedientes disciplinarios, que, de acuerdo con la Ley de Ordenación del Turismo, podría suponer la imposición de sanciones de hasta 300.000 euros.
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