Público
Público

Niños Se eliminan los horarios de paseo de los niños en municipios de hasta 10.000 habitantes

Las novedades de desescalada recogidas por el BOE solo se aplicarán a los habitantes que hayan pasado los últimos 14 días en estos territorios y no sean visitantes.

Una familia pasea por la plaza de la Catedral de León este lunes, durante el segundo día en el que casi seis millones de niños menores de 14 años pueden salir a la calle. /EFE
Una familia pasea por la plaza de la Catedral de León. /EFE

público/agencias

El BOE recoge esta mañana una orden ministerial que flexibiliza algunas de las medidas de confinamiento para municipios de hasta 10.000 habitantes en fase 0 y 1, con una densidad población de menos de 100 por kilómetro cuadrado.

La orden, que entra en vigor este viernes, elimina las franjas horarias para pasear y hacer deporte, que se permitirán realizar a cualquier hora. Igualmente, para los menores 14 años no se aplicará el límite de un adulto responsable y hasta tres niños como hasta ahora. 

Además, dichas actividades se podrán realizar por todo el municipio o, en su defecto, a cinco kilómetros, siempre que si se pasa por pueblos contiguos estén dentro del mismo territorio de desescalada y de las condiciones poblacionales de la orden. 

Reapertura de lugares de ocio y deporte

Para los lugares dedicados al deporte, se admitirá la apertura de instalaciones deportivas tanto las cubiertas y las piscinas a un 30% del aforo y con cita previa. Los clubes profesionales podrán entrenar en grupos de 14 jugadores, manteniendo las normas de higiene y distanciamiento social. 

Por su parte, los establecimientos de hostelería podrán abrir al 50% en los municipios que cumplan los requisitos mencionados mientras que los lugares de ocio nocturno permanecerán cerrados. Asimismo, los bares y restaurantes solo podrán dar servicio en mesa con camareros y preferiblemente bajo reserva. 

También los mercadillos al aire libre comenzarán a abrir a medio gas, dando preferencia los productos de alimentación y primera necesidad. 

¿Quién se beneficia de estas medidas?

De estas medidas se podrán beneficiar las personas empadronadas o las que hayan permanecido en esos lugares los últimos catorce días. Sin embargo, no podrán hacerlo quienes presenten síntomas o estén en aislamiento domiciliario por un diagnóstico de covid-19. Tampoco aquellas que se encuentren en periodo de cuarentena domiciliaria por haber tenido contacto estrecho con alguna persona con síntomas o diagnosticada de coronavirus.

Según el BOE, las personas vulnerables también podrán hacer uso de todo ello "siempre que su condición clínica esté controlada y lo permita, y que mantengan rigurosas medidas de protección".

Además, las comunidades autónomas podrán frenar estas medidas en caso de peligro de brote. 

¿Te ha resultado interesante esta noticia?

Más noticias