madrid
Un hombre ha sido condenado este miércoles a dos años de prisión por difundir en Twitter una imagen de la víctima de La Manada mientras era violada. Además, en dicha publicación la acusó de mentir y la insultó llamándola "golfa borracha". Es culpable de un delito de revelación de secretos y otro contra la integridad moral.
La difusión de datos personales, de vídeos e imágenes de contenido sexual sin consentimiento es delito. El artículo 18 de la Constitución establece el derecho a la intimidad de los ciudadanos, así como el derecho al honor y a la propia imagen.
El artículo 197 del Código Penal fija penas de prisión de dos a cinco años a los que "difunden, revelan o ceden a terceros los datos o hechos o imágenes" obtenidas por ellos mismos. En este sentido, la Audiencia de Navarra condenó a más de tres años de prisión a Antonio Manuel Guerrero y Alfonso Jesús Cabezuelo por grabar la violación grupal cometida en los Sanfermines de 2016.
Para las personas que difunden estos datos, imágenes o grabaciones, pero no toman "parte en su descubrimiento", las penas de prisión son de uno a tres años y una multa de 12 a 24 meses.
"No lo difundas y denúncialo"
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) empezó a enviar requerimientos en septiembre de 2018 a los que difundieron el vídeo y las imágenes de la agresión sexual -e incluso- el nombre, apellidos y el DNI de la víctima de La Manada en redes sociales y en foros de Internet. La AEPD llegó a multar con 50.000 euros a la página de extrema derecha La Tribuna de Cartagena por difundir una imagen y sus datos.
No es el único caso. El pasado mes de diciembre, cuando se conoció la sentencia que condenaba a 38 años de prisión a tres jugadores de La Arandina por agredir sexualmente a una menor, se empezó a difundir en Twitter varios audios de la víctima para desprestigiar su testimonio. En este caso, los que difundan los audios se enfrentan a una multa de hasta 20 millones y 5 años de cárcel.
La AEPD ha lanzado este mes de febrero la campaña #PuedesPararlo para concienciar a la ciudadanía sobre este tipo de delitos. "Si te llega un contenido sexual o violento, no lo difundas y denúncialo", alertan a través de las redes sociales, que facilitan el Canal Prioritario para denunciar o solicitar la retirada de este tipo de contenido en Internet.
Actuar contra el acoso y la extorsión
Esta miércoles, la Policía Nacional ha confirmado que se han detenido a seis personas por la difusión de un vídeo sexual del exentrenador del Málaga CF, Víctor Sánchez del Amo, que fue destituido del cargo por el club por esas imágenes.
El vídeo se llegó a difundir a través de Twitter y WhatsApp. El Grupo de Ciberdelincuencia de la Comisaría Provincial de Málaga está investigando a las personas que contribuyeron a la difusión del vídeo. Sánchez del Amo denunció que estaba siendo víctima de acoso y extorsión, y advertía de que "compartir o difundir un contenido íntimo de cualquier persona sin consentimiento también es delito, ya sea a través de redes sociales o mensajes o cualquier otra forma".
Actuar contra este tipo de delitos es primordial. Al igual que frenar la difusión de vídeos sexuales sin consentimiento. Esta cuestión se puso en el foco de la polémica el pasado mes de mayo, cuando Verónica -una trabajadora de Iveco- se suicidó después de que sus compañeros compartiesen de forma masiva un vídeo sexual que había grabado hace cinco años.
Al acudir a la empresa, esta se desentendió del conflicto al considerar que se trataba de un asunto personal. La víctima tuvo una grave crisis de ansiedad y un día después se suicidó. Su caso movilizó al colectivo feminista, que salió a las calles en Madrid para denunciar que "Verónica no se suicidó, a Verónica la mataron".
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