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La Fiscalía General pide castigar a los clientes de prostitución

"Sólo tipificando todas las manifestaciones del proxenetismo se vislumbrará el inicio del camino que conduzca a acabar con la trata de mujeres", subraya la Fiscalía General del Estado. 

Mujeres en el polígono Marconi de Madrid. JAIRO VARGAS

efe

La Fiscalía General del Estado (FGE) propone que se considere delito el consumo de prostitución y que se lleve a cabo la tipificación penal "de los que conscientemente se aprovechan de los servicios prestados por las víctimas de trata", es decir, de los clientes.

La Fiscalía advierte de que la trata de mujeres con fines de prostitución está "gravemente asentada" en España a pesar de que en diez años se ha logrado la formación de un importante grupo "muy cualificado de expertos policiales", una Fiscalía "altamente especializada" y un Consejo General del Poder Judicial "muy comprometido".

En su memoria del 2018, el Ministerio Público lamenta que el proxenetismo es una actividad "en constante e imparable expansión" que constituye un negocio "boyante" con unos beneficios diarios que superan los cinco millones de euros, la mayor parte en dinero negro.

"Sólo tipificando todas las manifestaciones del proxenetismo se vislumbrará el inicio del camino que conduzca a acabar con la trata de mujeres para ser esclavizadas en la prostitución", subraya.

Así, propone como modelo de referencia la legislación francesa aprobada en 2016, que no solo persigue al proxeneta, sino que también da un tratamiento adecuado al cliente de la prostitución. En este sentido, el Ministerio Público comparte la recomendación de la Comisión Europea en la que se anima a los Estados miembros a la tipificación penal de los que "conscientemente se aprovechan de los servicios prestados por las víctimas de trata".

La Fiscalía destaca que desde que en España se tipificó el delito de trata de seres humanos se han ido desarrollando en buena medida las acciones requeridas por el derecho internacional englobadas en la Acción Mundial contra la Trata en su modalidad de explotación sexual.

Pero lamenta que los resultados obtenidos –aún siendo satisfactorios si se comparan con otros Estados europeos– son "decepcionantes", sobre todo en relación a la protección y al reconocimiento de los derechos elementales de la mujer. Así, denuncia que la normativa española no tiene previsto un régimen de protección integral a las víctimas de trata y urge a incluir este aspecto en la futura Ley Integral contra la Trata.

Según recoge la citada memoria, entre 2013 y 2018 la Unidad de Extranjería de la Fiscalía General ha incoado 624 diligencias de seguimiento del delito de trata de seres humanos con fines de explotación sexual. En ellas constan identificadas como víctimas de trata de seres humanos 1.181 personas (1.034 mujeres mayores de edad; 127 mujeres menores; 13 mujeres con discapacidad cognitiva; 6 hombres mayores de edad y 1 hombre menor de edad).

Las mujeres mayores de edad proceden de África (308), América (218), Asia (169) y Europa (331) y hay 8 en las que no se ha determinado la nacionalidad, mientras que las menores de edad proceden de África (42), América (25), Asia (3) y Europa (57). Además, han sido localizadas en situación de grave riesgo 339 mujeres africanas, 217 americanas, 42 asiáticas, 667 europeas y 75 cuya nacionalidad no ha podido determinarse, mientras que esta consideración se ha reconocido a 17 hombres de origen americano. Entre 2013 y 2018 se han investigado por este tipo de delitos a 2.954 personas.

Durante ese periodo se han dictado 112 sentencias (74 conformes con la calificación del Ministerio Fiscal, 12 condenatorias por delito distinto del solicitado por el Fiscal y 26 absolutorias).

Desde 2015 en todos los casos de sentencias condenatorias se ha reconocido la condición de víctimas identificadas de trata sexual a 207 mujeres (99,04%) y 2 hombres (0,95%). De ellas, 19 son menores y dos padecen discapacidad cognitiva.

Por otra parte, la FGE denuncia que en España no están tipificados los delitos de esclavitud, servidumbre y trabajo forzoso como delitos propios e independientes, lo que considera como "una de las mayores carencias de nuestro ordenamiento jurídico penal". "Se puede ser víctima de un delito de trata con fines de esclavitud, de servidumbre o de trabajo forzoso, pero no se puede ser víctima de un delito de esclavitud, de servidumbre o de trabajo forzoso tal como exige el derecho internacional", lamenta.

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