Este artículo se publicó hace 5 años.
Regulación cannabisAsí sería la ley que permitiría el uso medicinal del cannabis en España
El grupo de expertos del Observatorio Europeo ha elaborado una propuesta tras constatar en una reunión con una docena de partidos del Congreso que la prioridad política va a ser regular el uso terapéutico de la marihuana.
Madrid-Actualizado a
A falta de gobierno, de actividad parlamentaria, de avances en las propuestas presentadas por diferentes grupos en la pasada legislatura, son los colectivos sociales los que tienen que hacer el papel de los políticos. Es el caso del Observatorio Europeo del Consumo y Cultivo de Cannabis, un grupo español de expertos del ámbito jurídico, sanitario y otras disciplinas que ha elaborado una propuesta de ley para la regulación del cannabis medicinal y terapéutico, basada en la experiencia de las normativas aprobadas sobre este tema en otros países de Europa y América.
El Observatorio decidió elaborar esta propuesta de ley tras reunirse el pasado mes de junio con representantes de una docena de formaciones políticas en el Congreso de los Diputados para presentarles una propuesta sobre regulación integral del cultivo. Allí, varios grupos les sugirieron que planteasen mejor alguna iniciativa sólo sobre regulación del cannabis medicinal, porque era la más factible de llevar a cabo ahora en España, bastante más viable que una que incluyese también el uso recreativo, según ha explicado a Público Hugo Madera, portavoz del grupo de expertos.
La propuesta de ley consta de 123 artículos, seis disposiciones adicionales y cuatro finales, en los que se regula el cultivo de la planta destinada a uso medicinal y terapéutico, el acceso a las semillas, la distribución de su producción, las asociaciones de usuarios y un amplio régimen sancionador para las infracciones de esta normativa. En el preámbulo, los redactores aclaran que esta propuesta es consecuencia de “la falta de una regulación completa y actualizada” sobre este uso del cannabis, que sigue rigiéndose por una “normativa obsoleta y preconstitucional”, una ley de 1967 firmada por Francisco Franco y una orden anterior de 1963.
Un grupo de expertos del ámbito jurídico, sanitario y otras disciplinas ha elaborado una propuesta de ley para la regulación del cannabis medicinal
Los redactores de la ley señalan que el ordenamiento jurídico imperante “propicia la criminalización de los usuarios del cannabis terapéutico”, que se ven expuestos a recurrir al mercado negro de sustancias sin control y manejadas por organizaciones criminales, cuando ha quedado ya demostrado en estudios clínicos la eficacia del tratamiento con componentes de esta planta para determinados síntomas y dolencias. Y como argumento sociológico, apuntan que el último barómetro del CIS en el que se preguntó por este tema, en noviembre de 2018, el 84% de la población española se muestra a favor de una regulación de estos usos medicinales.
Con estos planteamientos, los expertos del Observatorio se han basado en la experiencia de otros países de Europa, como Holanda, República Checa, Alemania, Italia y Malta, que ya han regulado el cannabis para fines medicinales, así como de otros países de América que han hecho lo propio, como Canadá, 35 estados de EEUU, Colombia, Uruguay, Chile, Puerto Rico, Perú, Argentina y México. Y su propuesta se detalla en cinco objetivos fundamentales: proporcionar seguridad jurídica al autocultivo y a los pacientes que utilizan el cannabis; crear un organismo estatal especializado que controle y gestione todas las actividades, que se denominaría Instituto Español del Cannabis; reglamentar la concesión de licencias; el acceso a las semillas o esquejes; y el derecho de asociación y creación de clubes de cannabis estrictamente terapéuticos.
Más autocultivo y menos licencias a empresas
Respecto a la producción, la propuesta del Observatorio Europeo se decanta por favorecer y regular los autocultivos de cannabis frente a la situación legal vigente, que ha facultado a la Agencia Española de Medicamentos, del Ministerio de Sanidad, a conceder sólo cuatro licencias para cultivo de esta planta con uso medicinal y científico en virtud de la citada normativa aprobada durante el régimen de Franco. Los redactores de la ley consideran que la “opacidad en la gestión de estas licencias produce alarma en los usuarios terapéuticos, ya que observan como empresas anónimas tienen seguridad en sus cultivos, mientras ellos siguen criminalizados”.
Redactores de la propuesta: "La opacidad en la gestión de estas licencias produce alarma en los usuarios terapéuticos"
Así, en el título primero de la ley, se propone permitir una cosecha de hasta 3.650 gramos al año por persona a quienes realizan un tratamiento con cannabis bajo prescripción médica. Además, se faculta a estos pacientes a que puedan portar en la vía pública, sin hacer ostentación de ello, hasta una cantidad que multiplique por diez la necesaria para el consumo terapéutico diario. Y se les permitiría consumirlo en público, siempre que estén en posesión de la receta que acredite su tratamiento y no trasgredan otra normativa como la que prohíbe fumar en lugares cerrados.
En el título segundo de la norma, se regula la constitución del Instituto Español del Cannabis como órgano autónomo dependiente del Ministerio de Sanidad, al que le competería, entre otras funciones, la concesión y extinción de licencias, la labor inspectora de los medicamentos hechos con cannabis, control de las variedades y semillas plantadas, y la promoción de la investigación y de un consumo responsable.
La propuesta de este grupo de expertos regula de forma extensa en su título quinto los clubes o asociaciones de usuarios terapéuticos del cannabis, no en vano este borrador parte de los contenidos de la ley sobre ese tipo de entidades que aprobó el Parlamento de Cataluña en 2017 y que posteriormente fue tumbada por el Tribunal Constitucional por invasión de competencias estatales. Los redactores subrayan que estas asociaciones sin ánimo de lucro han sido “una vía de acceso al cannabis terapéutico” desde hace muchos años, sometidos a una “ambigüedad legal dentro del ordenamiento jurídico” sobre su actividad que ha abierto “un gran abanico de prácticas”.
La ley propone permitir una cosecha de hasta 3.650 gramos al año por persona a quienes realizan un tratamiento con cannabis bajo prescripción médica.
Según este borrador, los clubes de usuarios terapéuticos deben tener como objetivo el autoabastecimiento y la distribución de cannabis a sus socios con un fin meramente medicinal, han de facilitar información sobre este consumo y controlar la calidad de las sustancias facilitadas a los socios, personas mayores de edad y en posesión de una receta o informe médico que prescriba un tratamiento con cannabis.
Estas asociaciones, de acuerdo con la propuesta del Observatorio, podrán autoabastecerse con plantas cultivadas por sus responsables, siempre que la cantidad resultante del cultivo no exceda los 350 kilos anuales de unidades floridas en seco. La ley regula además todos los aspectos relacionados con el almacenamiento, transporte y distribución de esa producción, así como su control higiénico y sanitario, y la prevención del riesgo y reducción de daños por su consumo.
Sanciones e impuestos
En los cerca de 20 artículos que contiene el título sexto se detalla el régimen sancionador de la norma, que se otorga fundamentalmente al Instituto Español del Cannabis, aplicable a cuantos incumplan las disposiciones sobre cultivo, licencias, distribución, tenencia y consumo, con multas que van desde los 50 a los 30.000 euros en función de la gravedad de la infracción.
Hugo Madera: "Vemos que hay posibilidades de que la regulación en España vaya se decante por el modelo de Colombia o Portugal"
En su disposición final segunda, esta ley incluye la creación de nuevas figuras fiscales, tasas que deberían pagar los cultivadores, los bancos de semillas y las asociaciones de usuarios, esencialmente, lo que supondría un notable ingreso de dinero para las arcas del Estado, aunque no está cuantificado. Así, por ejemplo, se propone el establecimiento de unos tipos impositivos al 10% tanto a los productos psicoactivos como a los no psicoactivos, y a las semillas, con la precisión de que los medicamentos deben estar cubiertos por la Seguridad Social o las aseguradoras privadas. En otra disposición, se recalca que los productos de cannabis medicinal tendrán la condición de equivalente farmacéutico genérico.
Este borrador de ley no está, sin embargo, cerrado, ya que el Observatorio Europeo mantiene abierto un debate para incluir nuevas disposiciones o hacer modificaciones de las que ya están. El documento ya ha sido presentado en un acto en la Universidad de Valencia y también en un congreso internacional sobre cannabis organizado en Catoira (Pontevedra) con la colaboración del Plan Nacional sobre Drogas. “Vemos que hay posibilidades de que la regulación en España vaya en un sentido o en otro, que se decante por el modelo de Colombia, donde se permite que una persona cultive hasta 20 plantas, o por el de Portugal, que sólo favorece el negocio de las farmas. Y nosotros lo que queremos es poner a las personas y el autocultivo en el centro del debate”, recalca Hugo Madera.
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