El TSJC aplica por primera vez la ley de amnistía: perdón para Buch y el exescolta de Puigdemont
El exconseller de Interior estaba condenado por malversación y prevaricación, a cuatro años y medio de cárcel y 20 de inhabilitación.
El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha acordado este martes aplicar por primera vez la ley de amnistía a algunos condenados por el procés, entre ellos al exconseller de Interior Miquel Buch y al exescolta del expresidente catalán Carles Puigdemont, que se han beneficiado así de la ley del perdón.
La sala de apelaciones del alto tribunal catalán ha tomado esta decisión tras reunirse este martes para deliberar sobre la aplicación de la ley de amnistía en varias causas relacionadas con el procés. Entre ellas se encuentra la que condenó a Miquel Buch a cuatro años y medio de prisión y 20 años de inhabilitación por malversación y prevaricación, debido a la contratación del exsargento de los Mossos Lluís Escolà como asesor para seguir brindando protección a Puigdemont tras su marcha a Bélgica.
El TSJC ha declarado la extinción de la responsabilidad penal de Buch y el exescolta del expresidente catalán "al quedar amnistiados los actos en virtud de los cuales fue declarada su responsabilidad criminal en la instancia".
La cúpula de fiscales avala la ley de amnistía
La Junta de Fiscales avaló el pasado martes el criterio del fiscal general, Álvaro García Ortiz, de pedir al Tribunal Supremo que aplicase la ley de amnistía a la malversación que se le atribuye a los encausados del procés, incluido el expresident catalán Carles Puigdemont.
Tras más de cinco horas de debate, la cúpula de la Fiscalía se decantó por la postura de García Ortiz frente a la de los fiscales encargados de la causa del procés en el Supremo, que defendían que no era viable amnistiar la malversación de los encausados por el proceso independentista catalán al entender que tuvieron ánimo de lucro y afectaron a los intereses financieros de la Unión Europea. Lo que, según la propia ley, excluye dichas conductas de ser amnistiadas.
La mayoría de la Junta de Fiscales coincidieron con el fiscal general en que, tras la entrada en vigor de la ley, "procede declarar amnistiadas la totalidad de las conductas que fueron y son objeto de dichos procedimientos, así como levantar las medidas cautelares que penden respecto de alguno de los encausados", lo que incluye la orden nacional de detención activa contra Puigdemont.
19 manifestantes serán amnistiados
El TSJC ha amnistiado también a 19 personas que fueron condenadas durante las protestas de octubre de 2019 tras la sentencia que condenaba a líderes independentistas; durante una concentración de 'Tsunami Democràtic' en 2019 en Barcelona y durante la investidura fallida del presidente de la Generalitat el 30 de enero de 2018.
El tribunal ha declarado la extinción de la responsabilidad penal de los manifestantes "al quedar amnistiados los actos en virtud de los cuales fue declarada su responsabilidad criminal en la instancia", según las sentencias.
Además, las sentencias aseguran que "de igual modo se cancelarán cuantos registros, anotaciones y antecedentes, incluidos los policiales, se hayan llevado a cabo exclusivamente en virtud de los actos expresamente amnistiados".
En todos los casos, la sentencia excluye la extinción de la responsabilidad civil, "no aplicable al delito de atentado en concurso ideal con delito de lesiones, cuyas consecuencias resarcitorias podrán ser ejercitadas en la jurisdicción correspondiente" por los perjudicados, varios agentes de los Mossos d'Esquadra.
Todos los acusados fueron absueltos del delito de desórdenes públicos y uno de ellos de atentado a agentes de la autoridad, mientras que los otros sí que fueron condenados por este delito: tres de ellos a un año de prisión cada uno y dos de ellos a cinco meses cada uno, aunque ahora han quedado todos amnistiados.
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