Este artículo se publicó hace 6 años.
Tirantes con la bandera de EspañaProcesado por asesinato, pero no por delito de odio, el acusado del crimen de los tirantes
La jueza cierra la instrucción, concluye que la paliza mortal al motero Víctor Laínez en un bar de Zaragoza fue un crimen por motivos ideológicos y sienta ante un jurado al acusado, el activista antisistema Rodrigo Lanza. Se conoció como el "crimen de los tirantes" por apuntar las primeras informaciones que el origen de la agresión estaría en una de esas prendas. El auto de la jueza indica que Laínez sí los llevaba pero no constan entre las pruebas del caso.
Zaragoza--Actualizado a
La muerte del motero Víctor Laínez tras recibir una paliza a manos de, presuntamente, el activista antisistema Rodrigo Lanza en un bar de Zaragoza fue un asesinato por motivos ideológicos pero no delito de odio, según ha concluido la jueza de Instrucción número 3 de la capital aragonesa, Mercedes Terrer, que ha cerrado la investigación del caso y ha ordenado incoar un procedimiento de jurado popular.
La muerte de Laínez a primeros de diciembre del año pasado, que se conoció como el crimen de los tirantes por apuntar las primeras informaciones que el origen de la agresión estaría en una de esas prendas con los colores de la bandera española, provocó una intensa polémica mediática y en las redes.
Ocurrió a primeros de diciembre del año pasado, en plena fase de exacerbación ideológica en todo el país tras el 1-O, la salida del país de Carles Puigdemont, el encarcelamiento de varios de sus consellers y solo mes y medio después de que el Senado aprobara la aplicación del artículo 155 en Catalunya.
Los tirantes con la bandera de España no constan entre las piezas de convicción o pruebas del caso, ya fuera por que desaparecieran durante la atención sanitaria y hospitalaria a la víctima o por otros motivos. El auto de la jueza, adelantado por Heraldo y El Periódico de Aragón, indica que Laínez sí los llevaba, aunque relaciona el origen de la discusión que derivó en la pelea mortal en unos comentarios sobre la supuesta militancia ultraderechista de este.
“Se aprecian indicios de que el presunto autor de los hechos actuó movido por motivos ideológicos”, indica el auto, que imputa a Lanza un delito de asesinato con alevosía y ensañamiento.
Asesinato con agravante ideológica pero no delito de odio
“Se aprecian indicios de que el presunto autor de los hechos actuó movido por motivos ideológicos”, indica el auto, equivalente al de procesamiento y que imputa a Lanza un delito de asesinato con alevosía y ensañamiento y le añade la agravante del artículo 22.4 del Código Penal, que eleva un grado la pena para quien comete un delito “por motivos racistas, antisemitas u otra clase de discriminación referente a la ideología, religión o creencias de la víctima, la etnia, raza o nación a la que pertenezca, su sexo, orientación o identidad sexual, razones de género, la enfermedad que padezca o su discapacidad”.
La magistrada ya había adelantado su criterio en el auto por el que ordenó la prisión provisional de Lanza, en cuya calificación jurídica se inclinaba por un asesinato con agravantes en lugar de por combinar un crimen con un caso de odio.
El delito de odio es un tipo penal autónomo que castiga el fomento o la incitación “al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquél, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología”, entre otros supuestos.
Es decir, que lo que va a juzgarse sobre el fallecimiento de Laínez tras recibir una brutal paliza en un bar de Zaragoza es un asunto de violencia, vida y muerte, no de vulneración de derechos políticos o sociales, aunque contenta una vertiente ideológica. “El delito de odio no se puede aplicar porque no se puede castigar doblemente un único hecho, y en este caso se trataría de un asesinato”, explicaron fuentes jurídicas.
No obstante, las acusaciones (entre las que finalmente no hay ningún partido político, pese a que Vox anunció su personación y la defensa están citadas el día 23 para una comparecencia previa en la que las primeras deben concretar qué cargos imputan a Lanza y solicitar, todas las partes, la práctica de pruebas para el juicio, que se celebrará en la Audiencia de Zaragoza ante un jurado popular.
La primera discusión
Lanza, que lleva diez meses en prisión provisional y que antes pasó cinco años encarcelado por dejar tetrapléjico de una pedrada a un guardia urbano en Barcelona, agresión que él sigue negando, coincidió con Laínez en el bar Tocadiscos de Zaragoza la madrugada del 8 de diciembre del año pasado.
Láinez, que estaba tomando una consumición en solitario “en actitud tranquila”, llevaba “unos tirantes con los colores de la bandera de España sobre los cuales vestía una prenda oscura” cuando llegaron al local Lanza y tres amigos, narra el auto, que señala que uno de estos comentó que, según le habían dicho, aquel “tenía ideología de extrema derecha o neonazi” y que “era legionario o de los Templarios”, un grupo de moteros.
Poco después, Lanza, que trabajaba en un restaurante cercano, y Laínez, vecino de la zona, comenzaban una discusión en la que el primero llamó “facha” y “fascista” al segundo, al que le señaló que “este era un barrio antifascista, que no querían nazis en ese barrio y que no era bienvenido”, y en la que este le dijo “sudaca” y que se callara, recoge la jueza.
El ataque mortal
Veinte minutos más tarde, cuando Lanza y sus amigos salían del local, se produjo en la puerta otro breve enfrentamiento verbal entre ambos. Cuando Laínez había vuelto a entrar, indica el auto, Lanza se quitó la chaqueta y la mochila “y se dio la vuelta entrando de nuevo muy rápido para atacar por detrás y sin posibilidad de defensa alguna” a la víctima, anota la resolución.
El motero recibió “un primer golpe seco en la parte trasera de la cabeza” que le hizo caer “desplomado y sin posibilidad de reacción”, tras lo que el acusado, explica el auto, “se colocó encima” y “siguió propinando a este puñetazos en la cabeza y múltiples golpes, dándole una patada muy fuerte en la cara con la punta del pie” mientras “sangraba por los oídos, la boca y la cabeza”. Moriría unos días después en el hospital, señala la magistrada.
La jueza anota que “no consta que la víctima portara una navaja u objeto semejante”, que mostrara una “actitud violenta o agresiva” ni que tuviera “posibilidad de defensa”, y que Lanza, que en sus declaraciones admitió haberle dado un empujón a Laínez para defenderse de su ataque, “se limitó a marcharse rápido del bar, cogiendo sus cosas al salir”.
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