Un juez británico dio este viernes luz verde a la entrega a España del histórico etarra Antonio Troitiño, detenido en Londres en junio de 2012, pese a que el tribunal de Estrasburgo ha fallado contra la llamada doctrina Parot.
El juez Michael Snow leyó su dictamen en una breve vista en la Corte de Magistrados de Westminster en Londres con la presencia en la sala de Troitiño, de 55 años, al que España quiere aplicar la doctrina Parot después de que hubiese cumplido una pena de 24 años de cárcel.
Snow consideró que la solicitud de extradición de la Justicia española 'cumple con los requisitos estipulados por la Convención Europea' y rechazó los argumentos de la defensa, que alegó que la entrega de su cliente violaría sus derechos humanos.
Al poco de conocer el fallo, la defensa de Troitiño adelantó que recurrirá la sentencia favorable a la extradición a España ante el Tribunal Superior de Londres en un plazo legal de siete días.
Los abogados de Troitiño están pendientes del dictamen que prevé emitir en marzo la Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos ante el recurso presentado por el Gobierno español tras el fallo contra la aplicación de la doctrina Parot a la etarra Inés del Río Prada.
El pasado 10 de julio, el tribunal europeo condenó a España por vulnerar los derechos de Inés del Río Prada con la aplicación de la doctrina Parot, y ordenó su urgente puesta en libertad y su indemnización, pero España apeló en octubre.
La interposición del recurso por parte de España ha paralizado hasta la fecha la excarcelación de Del Río y de otros presos de la banda terrorista a los que se les ha aplicado la doctrina Parot.
Esa doctrina dictamina que las redenciones de condenas por beneficios penitenciarios se aplican no sobre el máximo legal de 30 años que un recluso puede pasar en prisión en España, sino sobre cada una de las penas, por lo que supone un alargamiento de su estancia en prisión.
Troitiño, autor de graves atentados cometidos en España durante los años ochenta, ya había cumplido una pena de 24 años (reducida de 30) y quedó en libertad el 13 de abril de 2011.
Pocos días después, la Audiencia Nacional revocó esa decisión y lo requirió para ampliarle de forma retroactiva su pena en base a la doctrina Parot, lo que fijaría su excarcelación para 2017, pero el etarra ya no estaba localizable.
La Justicia española cursó entonces una orden de arresto europeo que derivó el pasado junio en su detención junto con la del presunto miembro de ETA Ignacio Lerín en un domicilio cercano al aeropuerto de Heathrow.
Al leer hoy su dictamen, el juez Snow se mostró 'contrario a los argumentos' expuestos durante el complejo proceso judicial por el abogado de la defensa, Mathew Ryder.
Entre sus argumentos, ese letrado había considerado 'defectuosa' la euroorden al no precisar todos los delitos que conformaban la pena impuesta a su cliente en 1987, además de objetar que con la extradición se 'violarían los derechos humanos' de su cliente.
Mientras la defensa de Troitiño presenta el recurso ante el Tribunal Superior de Londres, el etarra deberá permanecer bajo custodia en una prisión de alta seguridad a las afueras de Londres.
La Fiscalía representada por Jonathan Hall ha sostenido en todo momento que la entrega del etarra a las autoridades de España se ajustaría a la legislación española.
En el juicio de extradición celebrado el pasado 15 de enero, el fiscal incidió, además, en que no hay razones por las que Troitiño tenga que recibir un trato diferente a Del Río, que está encarcelada en España a la espera de que Estrasburgo se pronuncie.
Troitiño, que hoy no contó con ayuda de ningún traductor al escuchar el fallo del juez, fue condenado por varios atentados cometidos entre 1982 y 1984 y por otro perpetrado en 1986 contra un autobús de la Guardia Civil en la plaza República Dominicana de Madrid, en el que murieron doce guardias civiles y medio centenar de personas resultaron heridas.
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