El Supremo obliga a Blackstone a vender los pisos sociales al mismo precio que se los compró a Ana Botella en 2013
El Alto Tribunal confirma la sentencia de la Audiencia Nacional, que ya reconocía el derecho de tanteo de los inquilinos. El fondo buitre ya ha anunciado que recurrirá el fallo al considerar que hay un error de interpretación de las escrituras.
Madrid--Actualizado a
El Tribunal Supremo obliga al fondo Blackstone a vender los pisos que compró en 2013 a la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo (EMVS) cuando Ana Botella era alcaldesa de Madrid. Además, Blackstone tendrá que vender las viviendas al precio de saldo por el que las compró: 68.000 euros. El fondo buitre ya ha anunciado que recurrirá el fallo al considerar que ha habido un error de interpretación de las escrituras de propiedad.
Los magistrados del Tribunal Supremo reconocen el derecho de retracto de los inquilinos de las viviendas al confirmar una demanda interpuesta en 2019 en la Audiencia Nacional a Fidere, la sociedad a través de la cual Blackstone compró las viviendas.
En concreto, el Tribunal Supremo desestima el recurso de casación interpuesto por Fidere Vivienda S.L.U. contra la sentencia dictada el 27 de septiembre de 2019 por la Audiencia Provincial de Madrid. La demanda fue presentada en agosto de 2017.
La sentencia de la Audiencia Nacional condenaba a Blackstone a "otorgar las correspondientes escrituras públicas de venta a favor de los demandantes por el precio de venta de su adquisición por la entidad demandada".
"Un error en la interpretación", según Blackstone
Por su parte, desde Fidere avanzan que recurrirán la sentencia porque se muestran en "total desacuerdo" con la sentencia al considerar que hay "un error en la interpretación" y solicitarán al Supremo documentación para aclarar que la venta fue en bloque y que los garajes a los que se refiere la sentencia no fueron vendidos por la EMVS porque no eran de su propiedad.
Al margen de este extremo, desde la sociedad de Blackstone celebra que el Alto Tribunal haya vuelto a confirmar que el derecho de tanteo no se aplica a las ventas en bloque, como es el caso de la adquisición por parte de Fidere de los activos de la EMVS en octubre de 2013.
Asimismo, recuerda que la venta de los citados pisos de la empresa de la vivienda y suelo se realizó en una subasta pública y transparente, que fue aprobada por la EMVS y las autoridades.
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