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El Supremo cuestiona la constitucionalidad de los recortes de Cospedal

Pide al Constitucional que se pronuncie sobre el incremento de jornada a los funcionarios, la reducción salarial y los ajustes en la prestación por Incapacidad Temporal adoptados en Castilla-La Mancha. Duda de que no colisionen con normas básicas del Estado, como el Estatuto de los Trabajadores

La presidenta de Castilla-La Mancha, María Dolores de Cospedal. EFE/Ismael Herrero

PÚBLICO/ AGENCIAS

MADRID.- El Tribunal Supremo ha dictado un auto por el que eleva una cuestión de constitucionalidad sobre varios recortes adoptados por el Gobierno de Castilla-La Mancha que preside María Dolores de Cospedal. En concreto, sobre el incremento de jornada a los funcionarios, la reducción salarial y los ajustes en la prestación por Incapacidad Temporal.

El Supremo pide al Tribunal Constitucional en su auto que se pronuncie sobre dichos recortes, contemplados en varios artículos de la ley de Medidas Complementarias para la aplicación del Plan de Garantía de los Servicios Sociales Básicos aprobado por el Gobierno de Castilla-La Mancha en 2012.

"Esta Sala alberga serias dudas sobre acomodación constitucional de la norma a aplicar sin que sea factible en este caso explorar distintas vías interpretativas", expone el alto tribunal al órgano de garantías constitucionales.

La ley para la aplicación de este plan fue recurrida por los sindicatos CCOO y UGT y, en su pronunciamiento, la Sala de lo Social del Tribunal Supremo atiende a los razonamientos de CCOO en su recurso de casación.

Los sindicatos plantearon la cuestión de constitucionalidad por entender que la ley autonómica se excede en sus competencias con la aplicación de estos ajustes, que el Ejecutivo regional justificó en la necesidad de reducir el elevado déficit de la comunidad.

Así, los sindicatos expusieron que la normativa básica estatal integrada por el Estatuto de los Trabajadores, el Estatuto Básico del Empleado Público y el Real Decreto sobre congelación salarial del 20 de diciembre de 2011 es de aplicación preferente a la ley autonómica.

En concreto, el recurso se refiere al aumento de la jornada laboral de los empleados públicos en dos horas y media semanales, de las 35 a las 37,5 horas; a la reducción salarial del 3 % y a la supresión del complemento por incapacidad temporal.

Sobre estos asuntos, el Tribunal Supremo afirma que "el eventual exceso en la competencia legislativa que imposibilitaría la aplicación de la ley autonómica no podría ser declarado por esta Sala".

En un auto que ha tenido como ponente a la magistrada Lourdes Arastey, el Supremo argumenta que, "sólo de entenderse que el legislador autonómico respeta su marco competencial, cabrá aplicar la norma controvertida", aunque plantea "serias dudas" sobre este hecho.

Por todo ello, el Supremo considera que debe plantear cuestión de inconstitucionalidad.

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