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Los magistrados progresistas del TC: "Nuestras razones no proceden de la política sino del respeto a las Cortes"

Los votos discrepantes de cuatro de los cinco magistrados progresistas frente al auto que paralizó la votación en el Senado advierten de que la decisión de la mayoría conservadora desbordó los límites de la justicia constitucional.

Edificio del Tribunal Constitucional, a 30 de septiembre de 2022, en Madrid.
Edificio del Tribunal Constitucional, a 30 de septiembre de 2022, en Madrid. Carlos Luján / Europa Press

Los magistrados progresistas Cándido Conde-Pumpido, Ramón Sáez e Inmaculada Montalbán suscriben un voto discrepante conjunto frente al auto del Tribunal Constitucional que paralizó cautelarmente la tramitación en el Senado de la reforma que iba a desbloquear la renovación del propio TC. También la magistrada progresista María Luisa Balaguer suscribe otro voto particular, en términos muy duros. Falta por conocerse el voto particular del también progresista Juan Antonio Xiol, vicepresidente del TC, que saldrá del tribunal una vez que tomen posesión los nuevos magistrados. 

Arrancan Conde-Pumpido, Sáez y Montalbán afirmando que la recusación de Gonzaléz-Trevijano y Narváez pedidas por Unidas Podemos y el PSOE "debería haber sido tramitada" y el recurso del PP "inadmitido" y "no adoptada la medida cautelar inaudita parte [en relación a pedir una medida cautelar sin audiencia de la otra parte] de suspensión del procedimiento legislativo". 

"La decisión de la que discrepamos es insólita en la historia del Tribunal Constitucional (...) pues constituye una interferencia sin precedente en la función legislativa llevada a efecto, además, sin permitir siquiera la audiencia contradictoria exigida por todo proceso". 

Según estos magistrados, la finalidad del recurso del PP era "suspender cautelarmente la discusión y votación de la propia ley". El rechazo de la recusación no tiene sentido para ellos, ya que se admite a los diputados (del PSOE y de UP) como parte personada "para luego negarles legitimación para defender su derecho a un juez imparcial"

Estos tres magistrados alegan que las competencias del TC están regladas, con la cobertura de su propia ley y de la doctrina que ha ido acumulando con su interpretación de la Constitución. En este sentido, señalan que la decisión adoptada por la mayoría del pleno el pasado 19 de diciembre no tiene cobertura legal dentro de las competencias del Constitucional.

Indican en su voto que sus razones que esgrimieron como minoría del pleno "no proceden de la política sino del Derecho y del respeto constitucional a la inviolabilidad de las Cortes Generales".   

Balaguer: "El TC se ha convertido en legislador de facto"

Por su parte, la magistrada progresista María Luisa Balaguer firma su propio voto discrepante en el que se muestra contraria a la admisión del recurso del PP, que debió ser inadmitido por "inadecuación del procedimiento a la finalidad de las pretensiones" del PP, que realizó "una instrumentalización del amparo parlamentario como mecanismo de control preventivo".

Balaguer señala que la paralización del trámite legislativo generó una "inseguridad jurídica notable" como un sistema previo de inconstitucionalidad, algo que no está contemplado en el sistema constitucional, salvo para las propuestas de leyes orgánicas de Estatuto de Autonomía, una reforma esta en la que el PP rescató el recurso previo de inconstitucionalidad, recuerda la magistrada.

También sostiene que "solo cabe el control de la ley por parte del TC una vez que esta haya sido publicada en el Boletín Oficial del Estado" y lamenta que el consenso que había sobre este extremo "queda roto con el auto" del que discrepa.

A su juicio, lo que hace la mayoría del Pleno al admitir a trámite el recurso es "actuar como legislador de facto". "El TC impide, de este modo, que el Parlamento acabe de conformar su voluntad, asumiendo así una competencia de la que carece y, lo que es más grave, impidiendo que el órgano legislativo desempeñe la suya propia", señala con dureza.

 

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