Este artículo se publicó hace 5 años.
Madrid CentralUn juzgado paraliza cautelarmente la moratoria de Almeida a las multas en Madrid Central
Asegura que el Ayuntamiento debe "adoptar de forma eficaz las medidas necesarias y suficientes para impedir la persistencia de aquella contaminación". Otro juez, sin embargo, rechaza un recurso del PSOE.
El Juzgado número 24 de Madrid ha paralizado cautelarmente la moratoria de las multas en Madrid Central como habían pedido en un recurso contencioso administrativo Ecologistas en Acción y Greenpeace, según han anunciado ambos colectivos en un comunicado.
El auto, al que ha tenido acceso Europa Press, detalla que procede a suspender "la eficacia del acuerdo adoptado en Junta de Gobierno del pasado 27 de junio", en concreto, el punto tercero de su parte dispositiva consistente en "establecer un periodo de aviso en relación al acceso de bajas emisiones de Madrid Central mientras el sistema automatizado de control de acceso y de detención de infracciones de esta zona se somete a auditoría". La medida cautelarísima no admite recurso alguno y es de "inmediato cumplimiento", aunque el juez da al Ayuntamiento un plazo de tres días para "alegar por escrito lo que estime procedente". Según El País, la vuelta de las multas no tendría lugar hasta el martes o miércoles como pronto si se cumplen los plazos legales.
El juez Jesús Torres señala que, de no adoptar la suspensión cautelar, se perdería la "finalidad legítima al recurso", dado que "se habría producido una evidente emisión de gases contaminantes" en la zona de Madrid Central a causa de "la entrada de vehículos contaminantes no autorizados, que al no ser sancionados durante el periodo de aviso entrarán sin limitación ni control alguno".
El juez no se pronuncia sobre el fondo del asunto, algo que hará en una pieza separada más adelante, pero sí apunta que a las corporaciones locales les corresponde el control de las actividades susceptibles de afectar al medio ambiente y "adoptar de forma eficaz las medidas necesarias y suficientes para impedir la persistencia de aquella contaminación". También deben proteger otros valores, relacionados con el derecho a un medio ambiente adecuado, como es el derecho a la salud, añade.
Plantea el juez que, en coherencia con la actuación de las administraciones públicas para proteger esos valores, los tribunales deben respaldar con eficacia esas acciones. Y recuerda que el Constitucional "ha fijado la protección del medio ambiente como límite legítimo a la actividad económica", utilizando como parámetro para armonizarlos "el interés general".
El Ayuntamiento considera "adecuada y ajustada a derecho" la moratoria de multas establecida en Madrid Central "al haberse producido modificaciones derivadas de los errores en el sistema automático de detección de matrículas", pero "acatará cualquier decisión judicial al respecto".
Otro juez rechaza el recurso del PSOE
La medida tomada por el magistrado del Juzgado número 24 contrasta con la de un segundo juez, en este caso el titular del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 7 de Madrid, que ha denegado las medidas cautelarísimas solicitadas por el PSOE sobre la moratoria de multas porque entiende que hay escuchar previamente al Ayuntamiento de Madrid.
Otro juez, al PSOE: "No se justifica que exista una necesidad perentoria tan grave que no se pueda esperar unos días para que el Ayuntamiento pueda hacer alegaciones"
Así lo recoge en un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, para argumentar que no concurren los supuestos fijados por la jurisprudencia para acordar la suspensión cauterlarísima y opta por dar traslado a la administración implicada, en este caso el Ayuntamiento de Madrid, para que presente alegaciones en un plazo de cinco días en relación a la petición de los socialistas de dejar sin efecto la moratoria de multas en la zona de bajas emisiones del distrito Centro.
"Lo que no justifica la demanda es que sea necesario acordar la medida sin oír a la Administración. No se justifica que exista una necesidad perentoria tan grave que no se pueda esperar unos días para que el Ayuntamiento pueda hacer alegaciones sobre la suspensión, y de esta manera, poder tomar una decisión contando con los argumentos de ambas partes", razona el auto.
Además, añade que la ley prevé un plazo no superior a diez días para que la administración pueda hacer alegaciones y fija un plazo medio de cinco para que el Ayuntamiento de Madrid pueda presentarlas. Insiste en que ello permitirá dejar garantizado la audiencia al Consistorio para que formule sus cuestiones sobre la suspensión de la moratoria y, por otro, "no se van a producir daños irreparables por el hecho de mantener en vigor la decisión municipal".
En nombre de la Plataforma en Defensa de Madrid Central, estas dos organizaciones habían interpuesto esta mañana un recurso contencioso administrativo solicitando una cautelarísima para paralizar de forma inmediata la moratoria a las sanciones económicas, que arrancó el pasado 1 de julio y que se extendía hasta el 30 de septiembre.
Entre los argumentos que aportaba Ecologistas en Acción, destaca que la ciudad de Madrid no ha cumplido nunca los valores máximos fijados por la legislación europea y española para el dióxido de nitrógeno desde que estos límites están vigentes, en 2010. "La suspensión de facto de Madrid Central puede acarrear una importantísima sanción europea, al reactivarse el procedimiento de infracción paralizado gracias a su implantación", advertían.
Además, aseguraban que la suspensión de las multas aprobada en Junta de Gobierno "desactiva y priva de toda eficacia la regulación y limitación del tráfico viario en el ámbito de Madrid Central". Para Ecologistas en Acción, la capacidad de coerción que suponen las multas es uno de los elementos mínimos para garantizar el cumplimiento de cualquier norma jurídica. "Imaginemos qué pasaría si nos dijeran que, por deficiencias en algún trámite fiscal por ejemplo, se suspenden todas las sanciones a quien no presente sus declaraciones a Hacienda, aun estando en vigor toda la legislación fiscal", han apuntado.
Hace unas semanas, días después de las elecciones municipales, el nuevo alcalde de Madrid, José Luis Martínez-Almeida anunciaba la reconversión de Madrid Central y la moratoria de las multas a partir del 1 de julio porque aseguraba que "no es el modelo adecuado" y que, según él, ha fracasado por los datos de polución del primer trimestre de 2019 y por las pérdidas sufridas por los comerciantes.
Sólo una semana después, Greenpeace presentaba un estudio en el que demostraba que los niveles de contaminación registrados tras la aplicación de las sanciones en Madrid Central son "los mejores de la última década".
El análisis de los valores medios en las 24 estaciones del Ayuntamiento de Madrid demostraba que los niveles de NO2 son un 16% inferiores respecto al año pasado en el segundo trimestre de 2019. Este periodo (desde este pasado 15 de marzo) es el único en el que Madrid Central ha funcionado con sanciones, tras una fase informativa que arrancó el 30 de noviembre de 2018.
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