MADRID
Actualizado:El líder de ANC Jordi Sànchez ha reclamado al Tribunal Constitución su excarcelación para poder concurrir a las elecciones autonómicas del 21 de diciembre en igualdad de condiciones con otros candidatos, al igual que por una supuesta violación de sus derechos fundamentales.
En su escrito la defensa pide al TC que deje en suspenso la orden de prisión incondicional dictada el pasado 16 de octubre por la juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela, quien abrió una investigación contra él por el supuesto delito de sedición junto al líder Òmnium, Jordi Cuixart, el exjefe de los Mossos, Josep Lluís Trapero, y su mano derecha, Teresa Laplana.
Sánchez explica al TC que quiere concurrir en condiciones de igualdad con los otros candidatos a las elecciones del próximo 21 de diciembre, a las que se presenta como número 2 de la lista de "Junts per Catalunya".
Su defensa recuerda al TC que en ocasiones anteriores siempre se ha pronunciado con una “extraordinaria celeridad” cuando ha resuelto recursos del Gobierno central relacionados con la situación política en Catalunya y le ha pedido esta misma celeridad “para evitar la anomalía de que un candidato tan significativo deba hacer campaña desde prisión” y se garantice la normalidad del proceso electoral.
El recurso de amparo al TC presentado por Sànchez considera que su mantenimiento en prisión por parte de la Audiencia Nacional vulnera diversos derechos fundamentales. Es el primer paso necesario para poder acudir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos en el caso de que no prospere el amparo, según fuentes jurídicas.
Tres motivos
El abogado defensor de Sànchez, Jordi Pina, basa el amparo al TC en tres motivos: vulneración del derecho al juez ordinario, de las garantías procesales porque la juez instructora de la Audiencia Nacional Carmen Lamela perdió la imparcialidad, en su opinión, y por vulnerar su derecho a la libertad al seguir en prisión preventiva.
Uno de las vulneraciones que el líder de ANC denuncia es el derecho al juez ordinario, que es reconocido por la Constitución. Esto es, el derecho a ser juzgado por el que marca la ley y no por un juez ad hoc. Sànchez considera que se ha vulnerado porque la Audiencia Nacional decidió asumir la investigación de la querella contra él y el líder de Òmnium, Jordi Cuixart, así como el jefe de los Mossos, Josep Lluís Trapero.
Recuerda al respeto que es la Audiencia de Barcelona la competente, conforme al criterio que fijó la propia Audiencia Nacional en 2008, cuando estableció que delitos como la rebelión y la sedición eran competencia de los tribunales provinciales a fin de impedir entonces que el juez Baltasar Garzón investigara el golpe de Estado de 1936.
La defensa invoca expresamente un dictamen elaborado por más de cien profesores de derecho penal -entre ellos una exvicepresidenta del propio Tribunal Constitucional- manifestando que nos encontramos ante una "manipulación pocas veces vista en el ámbito forense" de las reglas de competencia.
Ya respecto a la decisión de la juez central de instrucción 3, Carmen Lamela, de enviarlo a prisión provisional el recurso considera que la magistrada vulneró sus garantías procesales porque basó su decisión en el riesgo de fuga o de destrucción de pruebas que no habían sido esgrimidos por la Fiscalía. Esto es, considera que Lamela perdió su imparcialidad e impidió a Sànchez defenderse adecuadamente.
Además, cree que se ha vulnerado su derecho a la libertad porque Lamela no justificó “mínimamente” las razones en las que se basaban estos riesgos, así como el de reiteración delictiva, indican las mismas fuentes.
La defensa de Sànchez asume el punto de vista del voto particular contrario a su permanencia en prisión que firmó el magistrado José Ricardo de Prada, cuando se recurrió esta decisión. De Prada apreció que Lamela basaba su decisión en meros "estereotipos al uso" que eran insuficientes para privar a un ciudadano de su libertad.
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