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MADRID.- La vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, ha anunciado este viernes que el Ejecutivo ha acordado recurrir varios artículos de dos leyes catalanas, entre ellas la normativa antidesahucios y sobre pobreza energética, aunque de esta última sólo se impugnan algunos aspectos procesales.
La decisión se ha comunicado un día después de que Sáenz de Santamaría se reuniera con al vicepresidente catalán, Oriol Junqueras, que le pidió expresamente que el Gobierno no recurriera la ley antidesahucios y de pobreza energética.
En rueda de prensa tras la reunión del Consejo de Ministros, Sáenz de Santamaría ha precisado que no se han recurrido los aspectos fundamentales de pobreza energética, que fueron avalados por el informe previo del Consejo de Estado.
Se recurren, por contra, algunos artículos que el Gobierno considera que exceden las competencias de la Generalitat catalana y que pueden perjudicar la igualdad de los españoles.
La vicepresidenta ha explicado que son cuestiones como el procedimiento de mediación, porque excede su función, o los requisitos previos a las interposiciones de demanda y otros aspectos civiles, de los que se pide su suspensión al Tribunal Constitucional. Ha añadido que no es objeto de recurso las medidas relativas a la pobreza energética, ya que el Consejo de Estado estima que no son contrarias a la Constitución.
Tras precisar que el informe es de la semana anterior, la vicepresidenta ha insistido en que no se recurre el establecimiento por las administraciones públicas de acuerdos o convenios con las compañías suministradoras para garantizar que concedan ayudas a fondo perdido a las personas y unidades familiares. "Este asunto —ha concluido— le preocupaba a Junqueras y podrán seguir haciendo sus fondos sin ningún problema".
Tampoco se recurre el principio de precaución, de manera que antes de realizar el corte de suministro, se avise o se tenga un informe de los servicios sociales municipales para ver si esa persona o unidad familiar están en riesgo de exclusión residencial, ni la información por parte del suministrador de los derechos relativos a pobreza energética.
La vicepresidenta ha añadido que tampoco se recurre algunos aspectos de exclusión social en materia de disfrute de ayudas para evitar lanzamientos, ni los que permiten la garantía del adecuado realojamiento de personas y unidades familiares en situaciones de riesgo de exclusión social.
Respeto al derecho de igualdad
Ni el artículo que establece el umbral máximo de gastos destinados a vivienda habitual o a suministros básicos en supuestos de vulnerabilidad, ni la disposición transitoria que contiene garantías para la aplicación de esos umbrales. Para Sáenz de Santamaría, "ni los ámbitos de la pobreza energética, ni en alguno de los relativos a los lanzamientos son recurridos, porque se entiende que puede adoptarlos el Parlamento de Catalunya de acuerdo con su ámbito competencial y porque no perjudican el derecho de igualdad".
Ha precisado que sí recurren algunos aspectos procesales y que afectan a la igualdad de los españoles ante la ley, como el procedimiento de mediación "porque excede su función", el requisito previo a las interposiciones de demanda y aspectos civiles, como la "transferencia coactiva de la titularidad de la vivienda porque afecta al contenido esencial del derecho de propiedad", que debe ser igual para todos.
La vicepresidenta ha recordado que hay leyes similares en Andalucía, Canarias, Navarra y el País Vasco y, ha añadido que en tres de ellas el Constitucional ha acordado su suspensión, al entender que pudiera causar perjuicios "de carácter irreparable". La otra ley es la de propiedad temporal y compartida y la parte que se recurre es en "la más civil"
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