madrid
Actualizado:La Fiscalía del Tribunal Supremo entiende que "existen indicios racionales" de delitos continuados de prevaricación administrativa y de malversación de caudales públicos por parte de Alberto Casero durante su etapa como alcalde de Trujillo, según un informe elaborado por el Ministerio Público.
Casero, diputado por Extremadura del PP y quien fue mano derecha de Teodoro García Egea, se hizo recientemente muy conocido por errar al votar a favor de la reforma laboral y que la norma saliera adelante por ello. El exalcalde estaba ya siendo investigado cuando se produjo este episodio tan polémico.
Este escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, se conoce después de que el Juzgado de Instrucción número 2 de Trujillo instara al Supremo a investigar a Casero.
Ahora, la fiscal María Ángeles Montes solicita al Supremo que se declare la competencia del Alto Tribunal para el conocimiento de los hechos contenidos en la denuncia y pide que se proceda al nombramiento de un instructor para la causa.
Un contrato vincula a Casero con un psicólogo que cobró sin estar dado de alta en la Seguridad Social
A Casero se le acusa de haberse saltado la Ley de Contratación del Sector Público. De acuerdo a la denuncia formulada por la fiscal jefe de Cáceres, Marta Abellá-García Macho, "durante los años 2017 y 2018 llegó a acuerdos, contratos o convenios con terceros, para que prestaran servicios para el Ayuntamiento, sin que se siguiera el procedimiento administrativo legalmente establecido, sin informar a los órganos competentes del Ayuntamiento, en el que no había constancia de los mismos o, en algún caso, con advertencia del interventor".
Uno de esos contratos lo vincula a un psicólogo, Pablo Bonilla, que cobró facturas por valor de 6.000 euros sin que estuviera dado de alta en la Seguridad Social y con el que firmó un contrato por valor de 18.000 euros anuales. Todo ello en 2017 y sin que se informara ni aportara "al Ayuntamiento el contrato suscrito". Asimismo, tampoco "se instruyó expediente de contratación ni se recabó informe del órgano de Contratación sobre la necesidad del servicio, ni se aprobó el gasto".
Y, aunque no "consta ninguna actuación" por parte de esta persona en los servicios por los que supuestamente fue contratada, Bonilla no sólo reclamó por la vía judicial parte de las facturas que no había cobrado, sino que, además, se condenó al Ayuntamiento para que las efectuara.
El Ayuntamiento, en los tribunales por no abonar facturas
Desde el juzgado se ha informado de otros cuatro asuntos. Uno de ellos relacionado con la firma de un convenio con la Cámara de Comercio de Perú en el que se acordaba una aportación económica de 25.000 euros; otro compromiso con la Asociación Cultural Bon Vivant para celebrar la gala Pop Eye en Trujillo a cambio de un patrocinio institucional de 18.000 euros; otro similar pero con Icaro Consultores en Comunicación para organizar la feria del queso por un importe de 14.300 euros como contrato menor y otro con Radio Interior SL para promocionar este último evento.
El convenio no fue ni aprobado en pleno ni por resolución de alcaldía
En el caso del acuerdo con la Cámara peruana, el exalcalde de Trujillo no informó a los servicios pertinentes y tampoco aportó copia del convenio al interventor, por lo que las facturas no llegaron a ser abonadas. El convenio, además, no fue ni aprobado en pleno ni por resolución de alcaldía. Tampoco se informó públicamente del mismo y no se recogió en el BOE, según la jueza.
Algo similar ocurrió con el acuerdo por la celebración de la gala Pop Eye. Casero, de nuevo, no informó a los servicios competentes y tampoco tramitó expediente. Y, aunque se comprometió a abonar 9.000 euros en calidad de costes, desde la Administración de Trujillo no se llegó a efectuar ese pago.
El contrato con Icaro Consultores por valor de 14.300 euros fue un procedimiento que no siguió los cauces habituales y, dado que se trataba de un servicio periódico y previsible de temporalidad anual, resultó inadecuado.
Mientras que con el acuerdo de promoción con Radio Interior SL ocurrió que, aunque se pactó como contrato menor no podía ser así porque superaba los 15.000 euros y además era una prestación periódica. La empresa, además, terminó por demandar al Ayuntamiento para poder cobrar las facturas.
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