Público
Público

Cloacas La Audiencia Nacional vuelve a negar la libertad a Villarejo por "extremado riesgo de fuga"

El auto considera que "los motivos que justificaron" la adopción de la prisión preventiva "siguen subsistiendo en la actualidad".

El excomisario Villarejo durante la entrevista en 'Salvados'.

europa press

La Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha vuelto a rechazar la puesta en libertad provisional que viene pidiendo el comisario jubilado José Manuel Villarejo, con un auto dictado este miércoles en el que dice que los motivos que le llevaron a prisión tras su detención en 2017 aún persisten y, en particular, un "extremado riesgo de fuga".

El auto expone que "los razonamientos explicitados" por el juez instructor y la misma Sección Tercera en las sucesivas resoluciones con las que ha mantenido a Villarejo en prisión preventiva "son razonados y razonables, no apreciándose en ellos arbitrariedad ni incongruencia omisiva alguna".

Concreta que "los motivos que justificaron" la adopción de esta medida "siguen subsistiendo en la actualidad" y frente a ellos, la defensa de Villarejo "no expone nuevos razonamientos por los que sus pretensiones deban ser atendidas, limitándose a efectuar una valoración negativa de cuanto se le ha razonado" en autos anteriores.

De hecho, da "por reproducidos" los argumentos de aquellas resoluciones en lo tocante al riesgo de fuga, pues considera que eran "detallados, concretos, relativos a los datos y elementos particulares existentes en el procedimiento atinentes al recurrente y con ponderación exquisita de las circunstancias personales alegadas, que se desestiman por considerarlas insuficientes para minimizar el riesgo de fuga contemplado".

En cuanto al riesgo de destrucción de pruebas que niega taxativamente la defensa de Villarejo argumentando que todo el material obra en poder de la Audiencia Nacional, la Sala recuerda que, de acuerdo a la ley, esta motivación solo puede prolongar la prisión provisional seis meses que ya se habrían superado, así que la razón que impera "no es otra que el extremo riesgo de fuga" y en base a él, desestima su recurso.

¿Te ha resultado interesante esta noticia?

Más noticias