Este artículo se publicó hace 6 años.
La causa contra el independentismoEl juicio contra el 'procés' tendrá que valorar la falta de imparcialidad del 'coronel Tácito'
El auto del Supremo que da por concluida la instrucción plantea la identidad secreta en Twitter, desenmascarada por 'Público', del jefe de la Policía Judicial de la Guardia Civil, teniente coronel Daniel Baena, quien firma todos los atestados en los que se basan las acusaciones de rebelión contra los líderes independentistas. La evidente politización de esas investigaciones por un instructor policial que contaminó la instrucción pondrá en cuestión las imputaciones de la Fiscalía
Carlos Enrique Bayo / Patricia López
Barcelona/Madrid--Actualizado a
La diligencia solicitada por las defensas de los 18 líderes del procés catalán acusados de rebelión ha quedado pendiente, pero queda claramente expuesta en el auto de apertura del juicio oral emitido hoy por el Supremo. Por tanto, en las sesiones de la vista que se celebrará en ese Alto Tribunal tendrá que dilucidarse si el principal investigador policial de la instrucción de la causa es también un fanático ultraderechista que fustigaba desde una identidad secreta en Twitter a los mismos políticos que él investigaba. Si es así, toda la imputación estará en tela de juicio.
Y Público tiene la prueba irrebatible de que el teniente coronel Daniel Baena, jefe de la Policía Judicial de la Guardia Civil de Catalunya, se ocultaba en las redes sociales bajo el pseudónimo de Tácito (@nmaquiavelo1984), puesto que él mismo lo reconoció personalmente a uno de los periodistas de este diario en una conversación que fue grabada. Además, difundimos los fragmentos principales de ese audio cuando el anterior ministro del Interior, Juan Ignacio Zoido, mintió al Congreso de los Diputados al asegurar que no se trataba de la misma persona.
El 2 de noviembre las fiscalías de la Audiencia Nacional y el Supremo harán públicos sus escritos de acusación contra todos los imputados y que están basados en los informes de Baena. Mientras que los políticos encausados por el alto tribunal serán acusados de rebelión, según ha podido saber Público, el caso puede venirse abajo si la Audiencia Nacional sólo acusa al major Josep Lluis Trapero y la otra responsable de los Mossos d'Esquadra de sedición.
Según las declaraciones realizadas ayer por el presidente y la vicepresidenta del Gobierno, Pedro Sánchez y Carmen Calvo, la rebelión solo puede venir de ciudadanos armados, militares o Cuerpos de Seguridad. Fuentes de la Audiencia Nacional aseguran a Público que en la causa queda patente que el teniente coronel Baena "ha hecho una instrucción tendenciosa contra el major Trapero y es imposible sustentar la rebelión, pero es difícil incluso sustentar la sedición". De ser así y si la diligencia ordenada por el Supremo da el resultado buscado por la defensa, la fiscalía podría verse obligada a rebajar los delitos contra los políticos catalanes en sus conclusiones finales.
"Imparcialidad de los investigadores"
El auto dictado por el presidente de la Sala de lo Penal del Supremo, Manuel Marchena, como ponente, y otros cuatro magistrados de esa Sala Segunda, recoge a partir de su página 5, en el resumen inicial de las diligencias solicitadas por las defensas que quedan por realizar:
Bajo el epígrafe «Imparcialidad de los Investigadores», se interesa la práctica de las siguientes diligencias:
DILIGENCIA-E1: que, previa autorización judicial, por el Excmo. Instructor se remita oficio a la mercantil Twitter Spain S.L. sita en la calle Rafael Calvo, 18, de Madrid para que remitan certificación sobre los siguientes extremos:
- Los datos personales que obren en sus registros sobre el usuario de la cuenta @nmaquiavelo1984 y el usuario de la cuenta @JDanielBaena, incluyendo la información de creación de la cuenta de usuario y la IP de conexión utilizada en dicha alta así como la certificación de si dichas cuentas se "seguían" entre ellas.
Los datos de la IP de conexión utilizada en la difusión de los siguientes tuits de la cuenta @nmaquiavelo1984 [las negritas son nuestras]:
01-09-2014 con imagen de portada de periódico que reza "Barcelona para la España invicta de Franco".
18-03-2017 con texto "De #FindeETA nada. Derrota y derecho de conquista".
13-04-2017 con texto "Transformador de utopías en distopías y funambulista procesal".
20-09-2017 con texto "Ponga las urnas en el suelo. Lentamente. Las manos detrás de la cabeza. Sin movimientos bruscos. Gire".
30-10-2017 con texto "Actuación propia de estructuras de crimen organizado al saberse investigadas".
2-11-2017 con texto "como siempre: pobres @mossos igual @guardiacivil o @policía han hecho "algo" para qanarse la confianza de Jueces y Fiscales #JoNoSocSeqador".
DILIGENCIA-E2: que a través de la Sección Central de Delitos en Tecnologías de la Información (SCDTI) de la Ertzaintza (o subsidiariamente a través de otro Cuerpo o Fuerza de Seguridad del Estado pero evitando en todo caso cualquier conflicto de intereses derivados de la posición de ostente respecto de la investigación el mencionado Cuerpo o Fuerza) se efectúen las gestiones oportunas para averiguar los datos de localización del equipo o terminal utilizado para la emisión de tales tuits y a tal fin que se oficie a las proveedoras de acceso a internet para que, a la vista de los datos de IP de conexión obtenidos en la anterior diligencia, se informe sobre qué línea telefónica o conexión de datos fue utilizada para la emisión de los mencionados tuits, con identificación de los datos de su titular y cualquier otro que les conste asociado al contrato, y en especial los de localización del equipo utilizado o de su titular (domicilio).
El Supremo invita a que las diligencias se practiquen en "el escenario que su propia naturaleza reivindica, a saber, el juicio oral"
Medio centenar de páginas después, el Supremo explica su "decisión de postergar la práctica de las verdaderas diligencias de prueba al inicio de las sesiones del juicio oral", por lo que el auto de conclusión del sumario "ahora se presenta como una invitación a que esas diligencias sean propuestas en el escrito de defensa y -previa declaración de pertinencia- se practiquen en el escenario que su propia naturaleza reivindica, a saber, el juicio oral".
Es decir, al abrirse el juicio oral deberá comprobarse la identidad secreta en Twitter del teniente coronel Baena, quien ha firmado personalmente todos los atestados policiales en los que se basan las imputaciones de las acusaciones pública y popular contra los líderes independentistas. Y se demostrará, por tanto, que la instrucción policial dirigida por él ha incumplido flagrantemente la Ley de Fuerzas y Cuerpos seguridad del Estado, cuyo Artículo 5 b) dispone que uno de lo "principios básicos de actuación de los miembros" de esas FCSE es:
"Actuar, en el cumplimiento de sus funciones, con absoluta neutralidad política e imparcialidad y, en consecuencia, sin discriminación alguna por razón de raza, religión u opinión".
Es más que evidente que el teniente coronel Baena no sólo no cumplió ese "principio básico" de la Ley, sino que incluso generó serio malestar entre sus subordinados y compañeros dentro de la Guardia Civil, quienes reconocieron en privado:
"Está vertiendo sus ideas políticas en unas investigaciones que tienen que ser objetivas. Y esto nos está llevando a serios enfrentamientos entre nosotros, con los compañeros desplazados desde Madrid, con los Mossos y con media sociedad".
Una investigación judicial así conducida está gravemente contaminada.
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