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El bloque conservador del Constitucional inicia la batalla contra la amnistía con la negativa de Macías a abstenerse

Es notoria la opinión contraria a la ley de amnistía del nuevo magistrado, impuesto por el PP, que casualmente se encargará de la ponencia sobre la admisión a trámite del recurso de los 'populares'.

El nuevo magistrado del TC, José María Macías, toma posesión de su cargo, en el Tribunal Constitucional, a 6 de septiembre de 2024, en Madrid (España).
El nuevo magistrado del TC, José María Macías, toma posesión de su cargo, el 6 de septiembre de 2024. Alberto Ortega / EUROPA PRESS

Con el pleno de este martes en el Tribunal Constitucional (TC) se inicia la batalla definitiva contra la ley de amnistía por parte del Partido Popular y de sus gobiernos autonómicos, cuyos recursos han ido llegando en cascada en los últimos días al tribunal de garantías. El plazo de presentación finaliza este miércoles.

La batalla sobre la constitucionalidad de la ley de amnistía comenzará con la admisión a trámite de la cuestión de inconstitucionalidad que presentó el Tribunal Supremo el pasado mes de julio. Fuentes de la corte de garantías adelantan que se admitirá sin problema este recurso ante la trascendencia de que el TC se pronuncie sobre la legalidad de la norma. 

Precisamente la Sala de lo Penal del Supremo plasmó en su recurso sus dudas sobre la posible vulneración del principio de igualdad ante la ley que implica la ley de amnistía. Exactamente la misma queja que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) saliente planteó en su informe sobre la ley, en marzo de 2023. 

El bloque conservador y mayoritario de aquel CGPJ, que estuvo cinco años y medio funcionando con el mandato caducado, votó a favor de una dura censura contra la ley de amnistía. Uno de los vocales más beligerantes contra la norma y que lo manifestó en varias entrevistas fue José María Macías, el último magistrado que se ha incorporado al TC, fruto del pacto entre el PP y el Gobierno para la renovación del CGPJ. 

Macías ha sido impuesto por el PP y suma con su incorporación un nuevo magistrado al bloque conservador que pasa a ser de cinco frente a los siete progresistas.

Beligerancia contra la amnistía

Mientras que el magistrado progresista Juan Carlos Campo, exministro de Justicia, ha pedido apartarse de las deliberaciones sobre la ley de amnistía porque como ministro participó en los indultos a los condenados del procés, lo que puede mermar su apariencia de imparcialidad, Macías rechaza presentar su abstención, según fuentes del TC, pese a las declaraciones públicas en contra de la norma y su participación en un informe del Consejo sobre la ley. 

Fuentes del TC señalan que el pleno de esta semana va a admitir la abstención de Campo, lo que dejaría el equilibrio de fuerzas en seis magistrados progresistas y cinco conservadores. Pero el PP quiere más. Quiere apartar al presidente del Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, que ha sido recusado, junto con Campo y la magistrada Laura Díez por el partido de Feijóo, la Comunidad de Madrid, la Xunta de Galicia y la Junta de Andalucía

Hasta ahora son diez recursos de inconstitucionalidad los que han llegado al TC, incluido el de Castilla-La Mancha, gobernada por el socialista Page. Se estima que el TC tardará seis meses en estudiar todos los recursos.

Casualmente será Macías el encargado de la ponencia, el próximo 26 de septiembre, sobre la admisión a trámite del recurso del PP y de las recusaciones planteadas. 

Polémicas recusaciones

En el caso de la presidenta madrileña Díaz Ayuso, las recusaciones de Conde-Pumpido, Díez y Campo, que si salieran adelante dejarían mermado el bloque progresista e imposibilitarían el aval de la ley de amnistía, se basan en la vinculación de los tres con el partido socialista. Hay que recordar que Conde-Pumpido fue fiscal general del Estado con Rodríguez Zapatero; y Laura Díez fue alto cargo del Ministerio de la Presidencia un corto periodo en la pasada legislatura.

El argumento del PP carece de peso como para apartar a un magistrado de un asunto; y esto lo saben bien Ayuso y Feijóo: el TC pide hechos concretos para admitir la recusación de un magistrado y no basta con señalar la afinidad ideológica del mismo con un partido. 

Las recusaciones y las abstenciones se miran con lupa en el TC, porque en el tribunal de garantías no se pueden sustituir los magistrados por otros y se corre el riesgo de quedarse sin quorum suficiente para que pueda operar, es decir, se debe garantizar la presencia de un mínimo de ocho de los 12 miembros del tribunal.

El antecedente de la ley del aborto

En la deliberación, en febrero de 2023, sobre el recurso de inconstitucionalidad contra la ley del aborto que presentó el PP en 2010 se encuentra el antecedente más inmediato sobre el problema que plantean las recusaciones masivas en un asunto de calado.

Cinco de los 71 diputados del PP que presentaron el recurso contra la ley del aborto recusaron a varios magistrados progresistas: Cándido Conde-Pumpido, por haber sido fiscal general del Estado cuando se aprobó la norma; Juan Carlos Campo, que era por entonces secretario de Estado de Justicia; Inmaculada Montalbán, por haber sido vocal del CGPJ en aquella época y, por tanto, haber participado en el dictamen del Consejo sobre el anteproyecto de ley; y con idéntico motivo recusaron a Concepción Espejel

Espejel se abstuvo, se apartó voluntariamente de la mencionada deliberación, alegando su participación en el informe del CGPJ sobre la citada ley. Pero el pleno no admitió la abstención porque aquel informe no llegó a ser aprobado, por lo que no fue incorporado al proceso legislativo. 

La diferencia entre el informe de la ley del aborto y el de la ley de amnistía es que este último, solicitado por el Senado, fue aprobado en el pleno del Consejo.

En cuanto a las recusaciones, se rechazaron porque los cinco exdiputados del PP que las pedían "carecen de legitimación a título particular y en su propio nombre para solicitar la recusación pues esta sólo corresponde a la agrupación de 50 o más diputados que interpusieron el recurso de inconstitucionalidad", estableció el pleno del TC en aquella ocasión. 

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