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La Audiencia rechazó en agosto una querella por el espionaje de la NSA

El juez Eloy Velasco, con apoyo del fiscal, argumentó que no se dirigía contra personas concretas y se basaba en noticias de prensa

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La Audiencia Nacional rechazó el pasado mes de agosto una querella por el espionaje de comunicaciones en el extranjero atribuido a la Agencia de Seguridad Nacional (NSA) estadounidense. El juez Eloy Velasco, de acuerdo con la Fiscalía, desestimó la demanda porque no se dirigía contra personas concretas ni hacía imputaciones concretas, y por 'hacerse eco meramente de una noticia publicada en los medios de comunicación'.

La querella fue planteada el pasado mes de junio por una asociación para la prevención de abusos informáticos (Apedanica) y su responsable, Miguel Angel Gallardo, en relación a las primeras noticias sobre el espionaje de la Agencia de Seguridad Nacional (NSA) estaodunidense desveladas en periódicos de ese país y de Gran Bretaña.

'En los últimos días --señalaba la querella-- se han publicado numerosas noticias, pero principalmente en Estados Unidos por The Wasshington Post y en el Reino Unido por The Guardian, sobre el acceso ilimitado de personas contratadas o subcontratadas por la Agencia de Seguridad Nacional (National Security Agency, NSA) y Agencia Central de Inteligencia (Central Intelligency Agency, CIA), como es el caso de la empresa Booz Allen Hamilton, en la que estaba empleado Edward Snowden quien ha revelado que varias empresas, entre las que puede destacarse a Google, Facebook y Apple, han proporcionado acceso a datos, archivos y comunicaciones de no residentes en Estados Unidos, según ha reconocido expresamente el presidente de EEUU, Barack Obama, en declaraciones oficiales amplia y reiteradamente publicadas en varios idiomas'.

Pedía por ello a la Audiencia Nacional que abriese una investigación por posible delito de revelación de secretos contra quienes resultasen responsables de estas acciones, ya fuesen personas físicas o jurídicas como la NSA o la CIA.

El juez Velasco determinó que no procedía la admisión a trámite de la querella por no dirigirse contra personas concretas y carecer de imputaciones concretas, más allás de basarse en meras informaciones de prensa, 'lo cual implica que adolece de fundamentos que justifiquen la investigación judicial, pues de la carencia de un relato de hechos verosímil no cabe señalar que sean constitutivos de delito. El juez recordó además que el querellante tenía planteada otra demanda similar (en los juzgados de Madrid) pendiente de si se confirmaba o no su archivo.

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