Este artículo se publicó hace 5 años.
La Audiencia Nacional declara "casual" la muerte de un joven tiroteado por la Policía
El tribunal avala la versión oficial de Interior, cuya investigación ni siquiera llegó a determinar de qué arma salió el disparo mortal, y descarta indemnizar a la familia de la víctima.
Zaragoza-
A Ion Dragos Mosoia lo mató por casualidad el disparo de un policía durante una persecución en Zaragoza. Eso es, cuando menos, la conclusión a la que ha llegado la sección quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, que achaca su muerte a “la coincidencia de varios factores casuales” como “el desvío de la trayectoria de la bala”, la posición de la furgoneta y de su cuerpo e, incluso, el “intento de agacharse de forma instintiva al oír los disparos (como se presume en el informe del instructor del atestado)”.
El tribunal ha rechazado el recurso que un hermano del fallecido, de 28 años, contra la resolución del Ministerio del Interior que, con argumentos similares y basados en un informe del Consejo de Estado, desestimó la reclamación patrimonial de 56.899 euros como indemnización por la pérdida al concluir que “la intervención del fallecido en los acontecimientos determinó” el desenlace.
Los hechos se remontan a la madrugada del 21 de junio de 2013 en un polígono industrial de Utebo (Zaragoza), al que poco después de la medianoche Dragos, transportista de profesión y sin antecedentes penales, había llegado junto con un amigo al volante de la furgoneta de su suegro, en cuya parte trasera transportaba un bidón, una bomba y un tubo.
Decidió huir cuando un coche-patrulla de la Guardia Civil, cuyos agentes creyeron que iban a robar gasóleo de los vehículos estacionados, le dio el alto. “Se asustó. Me dijo que no le iban a creer, que le detendrían por llevar gasolina y que le quitarían la furgoneta”, explicó unos días después el joven que le acompañaba esa noche. La acusación de robo (de combustible) nunca se concretó, aunque optó por acelerar y huir.
"La desproporción del despliegue policial"
En ese momento comenzó una persecución de varios kilómetros por caminos y carreteras en la que intervinieron efectivos de la Guardia Civil, la Policía Local de Zaragoza y el Cuerpo Nacional de Policía.
“Uno de los agentes tuvo que apartarse para evitar ser arrollado” en el Camino de Bárboles, señala el auto de sobreseimiento del Juzgado de Instrucción número 12 de la capital aragonesa, que anota cómo poco después, en la carretera del aeropuerto, dos agentes dispararon tres balas contra la furgoneta tras haber visto “en peligro su vida al poder ser arrollado” uno de ellos.
Una de las balas impactó en la rueda trasera izquierda, mientras otra, desviada tras impactar con el nervio de la puerta, le entraba por la escápula y le provocaba una herida que horas después acabaría provocándole la muerte. “No ha podido determinarse el arma con la que fueron disparados los dos proyectiles, y tampoco pudo encontrarse el tercero de los proyectiles”, indica el juzgado.
Dos agentes dispararon tres balas contra la furgoneta
La familia de Ion Dragos sostuvo desde el principio que la respuesta a tiros de los policías fue “desproporcionada” y contraria a la normativa sobre fuerzas de seguridad y a la jurisprudencia “para justificar la utilización de las armas de fuego”. Los disparos, tras “la desproporción del despliegue policial que acabó en una persecución totalmente exagerada” para la familia, impactaron en su cuerpo y en el vehículo cuando ya había superado la zona en la que se encontraban, de la que se estaba alejando a toda velocidad.
Sin embargo, ni la Policía, ni el Ministerio del Interior, ni el Consejo de Estado, ni tampoco ahora la Audiencia Nacional, que ha condenado al hermano a pagar las costas del proceso, han avalado su reclamación.
"La etiología médico legal de la muerte es homicida"
“Fue la propia conducta del finalmente fallecido la que produjo la intervención de la Policía y los disparos que ocasionaron el fatal desenlace, actuando en todo caso los agentes de forma proporcionada y oportuna atendiendo a la situación que se había producido”, sostuvo la Abogacía del Estado, que considera la respuesta a tiros de los agentes acorde con los pasajes de la Ley de Cuerpos y Fuerzas de Seguridad que limitan el uso de las armas a “situaciones en que exista un riesgo racionalmente grave para su vida, su integridad física o las de terceras personas, o en aquellas circunstancias que puedan suponer un grave riesgo para la seguridad ciudadana”, y compatible con los que indican que “en el ejercicio de sus funciones [los policías] deberán actuar con la decisión necesaria, y sin demora cuando de ello dependa evitar un daño grave, inmediato e irreparable”.
La Abogacía del Estado sostuvo que los agentes actuaron "de forma proporcionada y oportuna"
La autopsia elaborada por los forenses del Instituto de Medicina Legal de Aragón (IMLA) concluye que "la etiología médico legal de la muerte es homicida", aunque la Audiencia Nacional rechaza que esa afirmación suponga una “indicación sobre la intencionalidad del disparo”. “No tiene otra interpretación que no se trata de muerte natural o suicida, sino que se debe a herida por arma de fuego”, indica, en el mismo sentido que uno de los informes de la Jefatura Superior de Policía, que atribuye la herida mortal al “imprevisible rebote de una de las balas”.
Y, en este sentido, la Audiencia apunta que “no se aprecia que la respuesta o reacción” de los policías “resulte desproporcionada en medios y modos” ya que “existió una situación real de inminente peligro para la vida o integridad física de otros conductores -conducía a gran velocidad y sin luces- y para los agentes que temieron ser arrollados”.
“Se aprecia claramente en este caso que fue el conductor de la furgoneta el que creó la situación del riesgo al conducir de manera temeraria en su huida, no deteniéndose ante las órdenes de la policía”, anota la sentencia, que añade que la fuga “obligó a la fuerza pública a utilizar los medios de que disponía”.
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