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La Audiencia Nacional avala la investigación a la cúpula policial del Gobierno de Rajoy por el espionaje a Podemos

El organismo ha rechazado la apelación presentada por el exsecretario de Estado de Seguridad, Francisco Martínez, contra la investigación liderada por el juez Santiago Pedraz.

El exlíder de Podemos, Pablo Iglesias y la secretaria general de Podemos, Ione Belarra durante el acto de cierre de campaña de Podemos para los comicios europeos, en la plaza de Pedro Zerolo, a 7 de junio de 2024, en Madrid (España). I
El exlíder de Podemos, Pablo Iglesias y la secretaria general de Podemos, Ione Belarra en una imagen de archivo, a 7 de junio de 2024, en Madrid (España).  Carlos Luján / Europa press

La Audiencia Nacional ha rechazado la apelación presentada por el exsecretario de Estado de Seguridad, Francisco Martínez, contra la investigación liderada por el juez Santiago Pedraz. Esta causa se inició tras la denuncia de Podemos contra la anterior cúpula del Ministerio del Interior durante el gobierno de Mariano Rajoy, en relación con investigaciones irregulares y sin supervisión judicial sobre miembros de dicha organización política.

Así se detalla en un auto de la Sección Tercera de la Sala de lo Penal, según informa Europa Press. En el documento se explica que Martínez, en su recurso, argumentaba que la querella no debía ser admitida a trámite, ya que se basaba en 23 conversaciones de WhatsApp obtenidas en el marco del caso Tándem. Este caso se investiga en el Juzgado Central de Instrucción número 6, donde ya se había ordenado la retirada de esos chats y se había prohibido el acceso a ellos.

La Sala argumenta que la querella de Podemos no se fundamenta solo en los mencionados chats, sino también en otros documentos presentados por la parte querellante y en informaciones publicadas en diversos medios de comunicación. Añade que el Juzgado Central de Instrucción número 5, a cargo del juez Pedraz, ha ordenado diversas diligencias, entre ellas solicitar al juzgado dirigido por Manuel García-Castellón la información necesaria para evaluar la posibilidad de incorporar definitivamente los chats a la causa. Esto se llevará a cabo en una pieza separada donde también se resolverá el posible expurgo que corresponda.

En otro auto, la Sala rechaza el recurso de Podemos contra la admisión de la querella, que había excluido de la instrucción ciertos hechos y personas que la formación política deseaba que se investigaran.

La investigación de Pedraz

Cabe recordar que fue en febrero de 2024 cuando el juez Pedraz admitió parcialmente la querella de Podemos contra el exsecretario de Estado de Seguridad, el exdirector Adjunto Operativo (DAO), Eugenio Pino y otros altos cargos de la Policía. La querella se refiere a las investigaciones prospectivas y fuera del control judicial sobre miembros de Podemos. No obstante, Pedraz rechazó investigar al exministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, al exdirector general de la Policía Nacional, Ignacio Cosidó, y a otros responsables policiales.

La querella se presentó por delitos de organización criminal, apoderamiento y revelación de secretos, prevaricación administrativa y falsedad documental.

La querella se presentó por delitos de organización criminal, apoderamiento y revelación de secretos, prevaricación administrativa y falsedad documental. Además, incluía acusaciones de malversación y delitos contra las instituciones del Estado. Sin embargo, el magistrado desechó estos dos últimos delitos desde el inicio, al considerar que no podían ser subsumidos en los hechos relatados.

En su escrito, Podemos señalaba que los querellados, bajo el liderazgo de Martínez, "se ocupaban de realizar investigaciones prospectivas y ajenas a cualquier interés policial, no bajo control judicial o del Ministerio Fiscal, sobre las personas que conformaban la organización política". Además, la formación apuntaba que Martínez informaba periódicamente al ministro del Interior, quien tenía la capacidad de tomar decisiones finales. Según Podemos, ambos se aprovechaban de su condición de autoridades públicas y contaban con la colaboración de agentes policiales.

Ocho actuaciones concretas

El objetivo principal, según Podemos, era la posterior filtración de esta información a los medios de comunicación, presentándola como verificada por "fuentes policiales" para desprestigiar a la formación ante la opinión pública, lo que atentaba contra la indemnidad de sus diputados y demás cargos públicos.

Este modo de operar, según indicaba la querella, se concretó en ocho actuaciones, entre las que se incluyen la investigación al entonces líder del partido, Pablo Iglesias, en el informe PISA, la filtración de un documento "falsario" sobre una cuenta a su nombre en el Euro Pacific Bank Limited, y la manipulación de documentos o registros policiales internos para dar apariencia de legalidad a las acciones de los querellados.

En su auto de admisión, el juez Pedraz explicaba que, tras examinar la querella y verificar que algunos de los hechos eran competencia de la Audiencia Nacional y constitutivos de infracción penal, procedía su admisión, aunque de manera parcial.

Sobre los hechos y personas que inadmitía, el magistrado afirmaba que en el relato de la querella no se encontraba suficientemente sustentada la participación de todos los querellados en las actuaciones con la finalidad criminal que se les imputa. En este sentido, el magistrado no consideraba que Fernández Díaz, Cosidó ni los excargos policiales, Bonifacio Diez Sevillano, José Manuel García Catalán, Manuel Vázquez López y Mariano Hervás hubieran intervenido en la investigación de hechos relacionados con diputados con la finalidad delictiva que se les atribuye en la querella, ni que hubieran cumplido con las normas legales requeridas para llevar a cabo una investigación sobre diputados.

"Debe señalarse que ni del ministro Jorge Fernández Díaz, ni del director general de la Policía, Ignacio Cosidó, se presenta más que una suposición de que, por los cargos que ocupaban, debían conocer y autorizar los hechos. Esta imputación resulta insuficiente para admitir la querella contra ellos", explicó el magistrado.

El informe de asuntos internos

Tras varios meses de investigación, la Unidad de Asuntos Internos de la Policía Nacional informó a Pedraz que, durante los años 2015 y 2016, se realizaron consultas en bases policiales sobre 55 diputados de esa formación. Así se indicaba en la documentación enviada por Asuntos Internos al Juzgado Central de Instrucción número 5 en respuesta al requerimiento del juez, quien el 27 de marzo solicitó una relación de las solicitudes de acceso realizadas por funcionarios policiales a los ficheros informatizados durante esos dos años, con el objetivo de obtener información sobre los nombres de los diputados de Podemos.

Esa petición fue enviada, según se detalla en la documentación, a la Unidad de Informática y Comunicaciones, que, a su vez, elaboró una certificación sobre las consultas realizadas en las bases de datos policiales, en la que se especificaban tanto el funcionario que llevó a cabo la consulta como la fecha y la hora en que se realizó.

El listado de diputados sobre los que se realizaron consultas, al que también ha tenido acceso Europa Press, señala que, al menos, 55 diputados electos en las elecciones generales de diciembre de 2015 y de 2016, pertenecientes a Podemos, En Comú Podem, En Marea y Compromís, así como a la coalición que formaron, fueron objeto de búsqueda en las bases de datos de la Policía Nacional.

Así, figuran nombres como el del ex secretario general de Podemos, Pablo Iglesias; la exministra de Igualdad, Irene Montero; la actual secretaria general de Podemos, Ione Belarra; y la actual ministra de Trabajo, Yolanda Díaz. También se incluyen nombres como el del portavoz de Sumar en el Congreso y fundador de Podemos, Íñigo Errejón; el exdiputado por Compromís, Joan Baldoví; la exdiputada Carolina Bescansa; y el actual ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy.

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