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La Audiencia Nacional absuelve a Francisco Camps por los contratos de 'Gürtel'

El expresidente de la Generalitat Valenciana y exdirigente del PP queda exonerado de los delitos de tráfico de influencias y prevaricación, mientras que los cabecillas de la trama corrupta resultan condenados con hasta dos años y tres meses de cárcel.

El expresidente valenciano Francisco Camps a su llegada a la sede de la Audiencia Nacional, a 20 de febrero de 2023, en San Fernando de Henares, Madrid
El expresidente valenciano Francisco Camps a su llegada a la sede de la Audiencia Nacional, a 20 de febrero de 2023, en San Fernando de Henares, Madrid. Alejandro Martínez Vélez / Europa Press

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha absuelto a Francisco Camps, expresidente de la Generalitat Valenciana, del delito de tráfico de influencias en concurso ideal con el delito de prevaricación del que se le acusaba en el juicio del caso Gürtel relacionado con los contratos adjudicados a la empresa Orange Market

En una sentencia de 232 folios, la Sala condena a los integrantes del denominado Grupo Correa, entre ellos Francisco Correa, Pablo Crespo y Álvaro Pérez, al haberse conformado con las penas que acordaron con las acusaciones de hasta dos años y tres meses de cárcel, por delitos de prevaricación administrativa, falsedad en documento mercantil y malversación de caudales públicos

Además de Camps, el Tribunal también absuelve a varios consellers y funcionarios de la Generalitat Valenciana por las contrataciones públicas durante los años 2004 a 2009, entre las que destacaban las contrataciones por el Open de Tenis y los contratos de los Grandes Eventos de la Generalitat Valencia para su exposición en la feria FITUR.

Sobre la acusación a Francisco Camps por su participación en las contrataciones de FITUR, la sentencia afirma que "no existe prueba o indicio alguno de orden, sugerencia o intromisión del Sr. Camps en dicha contratación, pero es más no existe testigo, escrito o comunicación alguna entre ambos en dicho periodo lo que aleja cualquier prueba o indicio con trascendencia penal". En especial, el texto afirma que no hubo indicación alguna por parte de Camps a la directora general, Dora Ibars, que también ha sido absuelta.

La sentencia también resuelve sobre el alcance de las relaciones de Álvaro Pérez con Camps y concluye que "más allá de la opinión de terceras personas y de las escasas escuchas telefónicas entre ambos, durante Navidades, y que el propio Camps Ortiz fuera a actos de celebración personales del Sr. Pérez, de ello no puede deducirse en absoluto que el Sr. Camps fuera responsable de todos los actos del Sr. Pérez o que favoreciera las actividades del mismo dentro del ámbito de la contratación pública".

En los otros hechos de la época de Camps, como el Open de Tenis, la Sala distingue los contratos de patrocinio de la Generalitat con los titulares de los derechos de la ATP, de los contratos realizados directamente por los titulares de las empresas IMT y ESEDOS, como empresas privadas, de los realizados por la Generalitat con otras empresas.

Asimismo, la Sala concluye que no se aprecia que la Generalitat sufriera perjuicio alguno en las contrataciones por razón de la salida de la Volvo Ocean Race en el puerto de Alacant. 

La sentencia también absuelve a varios altos cargos del gobierno de Camps, como Joaquín Fernando Tomás Font de Mora, Mary Patricia Callaghan Pitlik, Alicia de Miguel García, María Auxiliadora Hernández Miñana, David Francisco Serra Cervera, Rafael Peset Pérez, María de la Paz Aviñó Primo, Manuel Cervera Taulet, Luis Eduardo Rosado Bretón, Inmaculada García Pardo, Paula de Cubas Carrasco, José Manuel Vidal y Aránzazu Vallés Testera.

El Tribunal ha llegado a la conclusión de que estos últimos —los distintos consellers, sus jefes de gabinete y los respectivos directores generales— no eran responsables, ni tenían el dominio del hecho de los distintos contratos adjudicados a las empresas del grupo Correa, en especial a Orange Market.

La sentencia ha sido dictada por la Sección Segunda de la Sala de lo Penal, integrada por José Antonio Mora (ponente), Fernando Andreu y Teresa García Quesada.

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