Archivan la causa contra TV3 por el gag sobre la Virgen del Rocío al considerar que no hubo intención de ofensa
La Audiencia de Barcelona afirma que era un programa de entretenimiento desvinculado de la "práctica religiosa".
La Audiencia de Barcelona ha cerrado la causa contra los responsables del programa humorístico Està passant de TV3, a quienes denunció Abogados Cristianos por un sketch paródico sobre la Virgen del Rocío. El tribunal concluyó que, aunque el contenido podía ser considerado de "mal gusto" para algunos, se encontraba amparado por la libertad de expresión y no tenía intención de ofender a la comunidad religiosa.
La querella fue presentada contra Toni Soler, presentador del programa, junto a Jair Domínguez y la actriz Judit Martín, protagonista del vídeo, a raíz de una parodia emitida durante la Semana Santa de 2023. En dicho segmento, Martín interpretaba a la Virgen, quien se quejaba de su vestimenta y hacía comentarios de tono sexual, lo que desató la controversia.
El juzgado de instrucción de Sant Feliu de Llobregat había decidido archivar la denuncia en septiembre de 2023, al concluir que las bromas no constituían un delito de escarnio porque no tenían una intención directa de ofensa religiosa. Sin embargo, la Fundación Española de Abogados Cristianos presentó un recurso en contra de dicha decisión.
La Audiencia de Barcelona, al analizar el recurso, sostuvo que el programa de TV3 no estaba destinado a un público específico de fieles, sino que era una emisión humorística dirigida a un público general, lo que impidió que el sketch fuera considerado un ataque intencionado contra los creyentes.
El tribunal también subrayó que la burla no alcanzaba el grado de "tenacidad" necesario para tipificar un delito de escarnio, destacando que el objetivo principal del programa era satírico y humorístico, como parte de su naturaleza habitual de crítica social, política y cultural. "No hubo voluntad inequívoca de ofender", concluyó la Audiencia.
En sus argumentaciones, la Audiencia recordó que la sátira y el uso de recursos irreverentes son comunes en la crítica artística y social, especialmente cuando se refieren a instituciones poderosas, como es el caso de la Iglesia en España, que históricamente ha sido un blanco legítimo de este tipo de humor.
Polonia Castellanos, presidenta de Abogados Cristianos, lamentó que se permitieran "burlas y ofensas a los cristianos" y advirtió que este tipo de acciones podrían abrir la puerta a futuras persecuciones si no se castigan.
Por su parte, Jaume Alonso-Cuevillas, abogado de los acusados, celebró la resolución judicial, argumentando que "el sentido común" había prevalecido y que la libertad de expresión es un derecho fundamental que, a su juicio, aún debe fortalecerse en el ámbito judicial español.
La Audiencia rechazó, además, que la Fundación actuara con mala fe al interponer el recurso, lo que evitó que se les impusieran las costas del proceso, al no considerar temeraria su apelación, aunque fue desestimada.
Este fallo se suma a otros precedentes en los que se ha respaldado la sátira como una forma válida de crítica social, siempre que no haya una intención deliberada de dañar o menospreciar creencias o sentimientos religiosos.
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