Felisa O., una de las madres afectadas por el caso de niños robados, declarará hoy ante el juez Adolfo Carretero después de que la Audiencia de Madrid ordenará la reapertura de esta causa en la que está implicada una monja a la que llamaban en la antigua Casa de la Madre Sor María.
En la denuncia, la afectada apuntaba que la responsable de la presunta detención ilegal de su bebé era una monja. Sin embargo, no recuerda si la religiosa era María Gómez Valbuena, imputada ya en otro caso de bebés robados, según ha señalado a Europa Press el abogado Guillermo Peña, que representa a la asociación SOS Bebés Robados.
Gómez Valbuena está imputada en otra investigación penal que conduce este mismo juzgado, el número 47 de Madrid, por el presunto robo de una niña en la Clínica Santa Cristina el 31 de marzo de 1982. Se trata de uno de los primeros casos de niños robados en los que madre, María Luisa Torres, e hija, Pilar Alcalde, se reencontraron casi 30 años después.
En una sentencia, la Audiencia de Madrid ordenó hace unas semanas la reapertura de esta causa. Los hechos de este caso se remontan al 20 de abril de 1978 cuando Felisa O. ingresó, embarazada, en la Casa de la Madre, perteneciente al INAS, sito en la calle Goya, 120 de Madrid. Tras un embarazo normal, dio a luz de forma espontánea el 26 de mayo de 1978, sobre las 14.15 horas. 'Dos horas después del alumbramiento una monja llamada Sor María comunicó al padre que el recién nacido había fallecido, convenciendo a los presentes para que no vieran el cadáver', recogía el fallo.
Según la Audiencia, 'se produjeron una serie de circunstancias, como deficiencias en la licencia de enterramiento, en la data del embarazo, señalándose que era de ocho meses y medio, cuando había cumplido los nueve, presencia en una habitación inmediata de un matrimonio atento a la evolución de este embarazo, que hacen sospechar la existencia de una sustracción del recién nacido y la entrega a terceros'.
En el Juzgado 47, se dictó un auto el 3 de noviembre de 2011 que acordaba el sobreseimiento de las actuaciones por haberse extinguido la acción penal al haber prescrito. Ahora, la Audiencia ordena que ese fallo se revoque, 'dejando sin efecto el pronunciamiento extintivo de la acción penal de los delitos detención ilegal, suposición de parto y alteración de paternidad, debiendo continuar la causa, en la fase en la que se encuentra, sin expresa imposición de las costas procesales de la alzada'.
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