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Estrasburgo declara que España violó la libertad de expresión de Otegi

El tribunal europeo sentencia que el rey no debe tener un especial blindaje judicial que impida criticarlo en el ejercicio de sus funciones

DANIEL BASTEIRO

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos indemnizó ayer martes a Arnaldo Otegi con 20.000 euros y lo absolvió por un delito de injurias al rey por el que fue indebidamente condenado a un año de cárcel. La sentencia, muy crítica con la sobreprotección judicial de la Corona, es un varapalo al Tribunal Supremo, que dictó la condena e impidió al lider abertzale ser elegido para ningún cargo público por el mismo periodo.

Los hechos se remontan al año 2003, cuando Otegi era diputado en el Parlamento vasco y portavoz de su grupo, Sozialista Abertzaleak, una formación cuya ilegalidad acabaría apuntalando el propio tribunal de Estrasburgo.

El exportavoz de Batasuna llamó al monarca 'jefe de los torturadores'

Durante una rueda de prensa, Otegi criticó la visita de Juan Carlos I al País Vasco para inaugurar una central eléctrica. Según él, el que visitaba Euskadi era 'el jefe de los torturadores', a quienes 'protege'. El jefe del Estado 'impone su régimen monárquico a nuestro pueblo por medio de la tortura y la violencia', llegó a decir.

Otegi reaccionaba así tanto a la controvertida visita del rey como a la detención de los responsables del diario Egunkaria, cerrado ese mismo mes por la Audiencia Nacional. Además de clausurar el medio, el juez Juan del Olmo ordenó la detención de buena parte de sus responsables, que denunciaron haber sido torturados por las fuerzas de seguridad. El máximo tribunal del País Vasco absolvió a Otegi, pero el Tribunal Supremo lo condenó a un año de cárcel y le retiró el derecho a ser elegido. El Tribunal Constitucional ratificó la decisión, por lo que el líder abertzale decidió acudir a la justicia europea.

La sentencia hecha pública ayer dictamina que los dos principales tribunales españoles violaron el derecho a la libertad de expresión de Otegi, que hizo un juicio de valor y no una aseveración con pruebas en calidad de parlamentario y, por lo tanto, en nombre de sus electores.

El Constitucional ratificó la condena de un año que le impuso el Supremo

Además, el tribunal reconoce que la denuncia de torturas del director de Egunkaria daba pie a un 'gran debate público' sobre las responsabilidades del Estado; denuncia en la que se enmarca la feroz crítica a la Corona. Sobre ella recae la jefatura de un Estado que Otegi tiene derecho a criticar tanto como su rol de jefe de las Fuerzas Armadas, incide el tribunal.

Más allá de la virulencia de los comentarios, la justicia española no demostró por qué la condena a Otegi 'era necesaria en una sociedad democrática', como exige la Convencion Europea de Derechos Humanos, de la que España es firmante. 'Ni la jurisdicción interna ni el Gobierno han justificado la condena hablando de incitación a la violencia o discurso del odio', reprocha el tribunal, para quien este extremo es 'fundamental'.

Otegi deberá ser indeminzado por el Estado con 20.000 euros

Los siete jueces, entre los que se encuentra el español Luis López Guerra, fallaron por unanimidad que España violó el artículo 10 de la Convención, que reconoce el derecho a la expresión, a través de una condena que 'atenta contra la libertad de opinión en sí misma'.

Tras la violación de los derechos de Otegi subyace una concepción de la Corona como una institución intocable, según razona el Tribunal de Estrasburgo. 'El hecho de que el rey ocupe una posición de neutralidad en el debate político, una posición de árbitro y de símbolo de unidad del Estado no lo pone al abrigo de toda crítica en el ejercicio de sus funciones oficiales o, como en este caso, en tanto que representante del Estado', advierte el texto.

'Sobre todo por parte de quienes contestan legítimamente las estructuras constitucionales del Estado, incluyendo al régimen monárquico', añade. En este caso, la sentencia deja claro que las declaraciones de Otegi no constituyeron un 'ataque personal gratuito contra la persona' del rey, un delito previsto en el Código Penal y que se castiga con entre seis meses y dos años de cárcel.

Tanto la Fiscalía como el Supremo fueron demasiado lejos al usarlo, porque aunque es 'legítimo que las instituciones del Estado sean protegidas', la 'posición dominante que ocupan esas instituciones exige a las autoridades hacer un uso contenido de la vía penal', señala Estrasburgo.

Además, los magistrados pidieron a las autoridades españolas 'distinguir entre declaraciones factuales y juicios de valor' a la hora de pedir al acusado que demostrase las implicaciones del monarca en las presuntas torturas. 'Si la materialidad de los hechos se puede probar, los segundos no pretenden demostración de exactitud', razonan. Exigirla es, para ellos, una trampa jurídica para condenar a Otegi, ya que es evidente que el líder abertzale no acusaba al rey de ser responsable directo de las torturas, sino el jefe de las Fuerzas Armadas, como recoge la Constitución española.

Por ese motivo, la argumentación de la sentencia deja fuera de combate 'los términos empleados' por los tribunales españoles, que calificaron las declaraciones como 'ignominiosas, vejatorias e infamantes, porque atribuyen al jefe de Estado una de las manifestaciones delictivas más graves en un Estado de Derecho'.

Aunque el tribunal europeo reconoce que el lenguaje del exdirigente de Batasuna 'puede ser considerado como provocador', la defensa de la libertad de expresión está por encima de la corrección política, especialmente cuando unas declaraciones 'hieren, chocan o preocupan' al Gobierno o los jueces. Es ahí, según Estrasburgo, donde el Estado de derecho se la juega. Sin 'el pluralismo, la tolerancia y el espíritu abierto no hay sociedad democrática', añade.

Otegi fue desasistido por los tribunales al enfrentarse al rey, pero ese no fue el único error judicial que salpicó el caso. La propia Audiencia Nacional acabó dictaminando, en 2010, que el cierre del periódico Egunkaria y la detención de sus responsables fue ilegal, ya que no guardan ninguna relación con ETA.

Si la libertad de expresión es un bien 'preciado' para todos, lo es 'particularmente para un elegido por el pueblo, que representa a sus electores, señala sus preocupaciones y defiende sus intereses', señaló el tribunal europeo. También ellos, concluye implícitamente, tienen derecho a pensar que el rey es la cabeza legalmente más visible de unas fuerzas armadas que en ocasiones practican la tortura.

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