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El Tribunal Constitucional cercena una parte esencial del Estatut

El Alto Tribunal concluye sus deliberaciones, cuatro años después, votando en cuatro bloques: preámbulo -aprobado por 6 votos a 4-, artículos inconstitucionales -8 a 2-, artículos constitucionales -6 a 4- y art&iacute

SERGIO LEÓN

El Tribunal Constitucional ha finalizado sus deliberaciones sobre la sentencia del Estatut de Catalunya (consulte el fallo aquí). Los magistrados han aprobado el borrador presentado por la presidenta del Alto Tribunal, María Emilia Casas, cercenando partes esenciales del texto original del Estatut.

Finalmente, el Pleno del Constitucional ha recurrido a la votación por bloques, en concreto cuatro, según fuentes del tribunal, para poder llegar a un consenso tras cuatro años de incertidumbre y especulaciones.

El Constitucional ha declarado inconstitucionales 14 artículos, bloque que, a su vez, ha sido aprobado por 8 votos a favor y 2 en contra. Entre estos preceptos destacan los relacionados con la lengua catalana, las competencias sobre Justicia o sobre la ampliación de las competencias fiscales de la Generalitat (consulte despiece adjunto).

El fallo considera que la definición de Catalunya como nación no es vinculante

Otro de los bloques de la sentencia, el Preámbulo, donde se recoge la definición de Catalunya como nación, ha sido aprobado por 6 a 4 magistrados. El fallo del Constitucional no ha declarado inconstitucional esta parte del texto al considerar que en ningún caso es jurídicamente vinculante. Además, remarca la indisoluble unidad de España como nación, apelando a la Constitución española.

El bloque de artículos que sí han sido considerado constitucionales también ha acabado aprobado por 6 a 4, al igual que los 23 preceptos y cuatro disposiciones que serán sometidos a interpretación.

Los magistrados del bloque conservador Vicente Conde, Javier Delgado, Ramón Rodríguez Arribas y Jorge Rodriguez Zapata presentarán votos particulares. Parece, entonces, que Casas ha conseguido el apoyo del progresista Manuel Aragón y del conservador Guillermo Jiménez, que han unido sus votos al de la propia presidenta y los de Elisa Pérez Vera, Eugeni Gay y Pascual Sala del bloque progresista.

Las deliberaciones del Constitucional sobre el Estatut arrancaron cuando el PP presentó un recurso de inconstitucionalidad el 31 de julio de 2006. Sin embargo, el tribunal no comenzó a deliberar sobre el fondo del asunto hasta principios de 2008.

La sentencia aprobada se basa en la ponencia redactada por Casas. El borrador de la presidenta, el séptimo que se ha sometido a la consideración del pleno, declaraba constitucional la mayoría de los preceptos impugnados por el PP.

CiU achaca a la sentencia que ha generado una 'gravísima situación'

Finalmente, el texto aprobado ha sido el fruto  de las modificaciones introducidas en los últimos días por la propia presidenta para atraer los votos necesarios e intentar evitar así una votación artículo por artículo.

En el Pleno celebrado esta mañana 'para votación y fallo' de la resolución, la presidenta ha realizado un tanteo para conocer el apoyo que podrían prestar a su propuesta los diez magistrados que componen el Constitucional.

Fuentes del tribunal señalaban que con los retoques introducidos en los últimos días, Casas trataba de conseguir el apoyo del magistrado Manuel Aragón, adscrito al sector progresista y cuyas exigencias sobre el término nación y los símbolos nacionales frustraron los últimos intentos de sacar adelante la resolución. El último de los borradores fue rechazado por seis votos a cuatro el pasado 16 de abril.

CiU ya ha anunciado que las altas instancias del partido se reunirán mañana para analizar la sentencia a la que achacan que ha generado una 'gravísima situación'. El portavoz en el Congreso de la formación, Josep Antoni Duran, ha recordado en RNE que se trata de un fallo que 'llega tarde y mal'. Asimismo ha dicho que 'llega en una momjento inoportuno, en plena campaña electoral catalana'.

El president José Montilla, uno de los primeros en salir ante los medios de comunicación, ha explicado que el fallo 'incorpora limitaciones que habrá que superar. El Estatut está bien vivo. Ninguno de sus aspectos fundamentales ha sido anulado'. Montilla, que ya en enero avisó de una movilización si el Constitucional llegaba a mutilar el Estatut, se ha mostrado 'indignado' y firme y ha convocado a la ciudadanía a una manifestación unitaria.

El fallo 'no podrá eliminar nuestra aspiración de autogobierno', dice Montilla  

'No podrá eliminar nuestra aspiración de autogobierno [...] El Constitucional ha escrito una de sus páginas más tristes', ha declarado. Asimimo, y ante el dictamen del Alto Tribunal que recalca que la consideración de Catalunya como nación no es vinculante, el president ha recalcado: 'Somos una nación'.

Por su parte, la vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, ha recalcado que la sentencia pone de relieve que el Partido Popular 'ha sufrido una derrota en toda regla'. 'El Tribunal Constitucional no ha aceptado el 92% de los pronunciamientos de anticonstitucionalidad que presentó el PP', recordó.

Distinta reacción ha tenido el PP. La portavoz de los conservadores en el Congreso, Soraya Sáenz de Santamaría, ha celebrado el fallo y considera que el Constitucional sí 'ha estimado parte' del recurso planteado por su partido. Para la defensa de esta posición, Santamaría aduce que por lo menos se 'ha cuestionado' la constitucionalidad de medio centenar de artículos.

Lengua
- Artículo 6.1. Donde se define al catalán como lengua 'preferente' de las Administraciones Públicas. De ese modo, la redacción definitiva de este artículo quedaría de la siguiente manera: 'La lengua propia de Catalunya es el catalán. Como tal, el catalán es la lengua de uso normal de las Administraciones públicas y de los medios de comunicación públicos de Catalunya, y es también la lengua normalmente utilizada como vehicular y de aprendizaje en la enseñanza'.

Consejo de Garantías Constitucionales
- Artículo 76.4, que establece el carácter vinculante de los dictámenes del Consejo de Garantías Estatutarias.
- Artículos 78.1, que encomienda al Síndic de Greuges la supervisión 'con carácter exclusivo' de la actividad de la Generalitat.

Competencias de Justicia
El fallo sobre el Estatut considera inconstitucional el Consejo de Justicia de Catalunya, con funciones que, según la Constitución, corresponden al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), recogido en el artículo 97, y algunas de sus atribuciones (98.2 -a,b,c,d y e-) y:
- Artículos 95.5 y 95.6. Intervención en nombramientos judiciales.
- Artículo 99.1. Pertenencia al mismo del presidente del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya
- Artículos 100.1, 101.1 y 101.2. Relativos al control de sus actos y competencia sobre oposiciones y concursos

Competencias compartidas
- Artículo 111, que atribuye a la Generalitat de forma compartida con el Estado potestades legislativas, reglamentarias y ejecutivas 'como principios o mínimo común normativo en normas con rango de ley, excepto en los supuestos que se determinen de acuerdo con la Constitución y el presente Estatuto'.
- Artículo 120.2. Atribuye a la Generalitat competencias compartidas con el Estatut en materia de Cajas de Ahorro.
- Artículo 126.2. Atribuye a la Generalitat competencias compartidas con el Estatut en materia de entidades de crédito  

Competencia fiscal
- Artículo 218.2, que afirma que las competencias financieras de la Generalitat pueden 'incluir la capacidad legislativa para establecer y regular los tributos propios de los gobiernos locales'. 
- Artículo 206.3, anulado por establecer que la Generalitat aportará recursos financieros para garantizar la nivelación y solidaridad a las demás Comunidades Autónomas (...), 'siempre y cuando lleven a cabo un esfuerzo fiscal también similar'.

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