Público
Público

El Supremo cierra la puerta a anular, por abusivo, el IRPH en los créditos hipotecarios

Considera que la mera referencia a este índice no implica falta de transparencia por parte de los bancos. Un millón de hipotecados estaba pendiente de este fallo

Un cartel de venta en una promoción de viviendas. EFE

julia pérez

El Tribunal Supremo ha cerrado la puerta a la nulidad del índice IRPH en los créditos hipotecarios por ser abusivo. Considera que la mera referencia a este índice no implica una falta de transparencia de por sí.

El fallo ha sido avanzado por la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo en una nota de prensa y era esperado por un millón de hipotecados que tienen créditos cuyos intereses están basados en el IRPH y no se han visto beneficiados por las históricas bajadas del euríbor de los últimos meses.

La batalla contra el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) fue abierta por los consumidores una vez abierta la brecha ante la justicia europea sobre las cláusulas abusivas bancarias, en especial las cláusulas suelo y las hipotecas multidivisas.

El Supremo anuncia que ha admitido el recurso de casación interpuesto por Kutxabank contra una sentencia de la Audiencia Provincial de Álava que había declarado nula la cláusula de interés de un préstamo hipotecario por estar referenciada al IRPH.

"La sala considera que la mera referenciación a un tipo oficial como es el IRPH no implica falta de transparencia ni abusividad. El fallo ha sido comunicado ya a los procuradores de las partes. El texto íntegro de la sentencia se dará a conocer en los próximos días", concluye la nota de prensa.

¿Te ha resultado interesante esta noticia?

Más noticias de Economía