Este artículo se publicó hace 5 años.
EmpleoLa mutación de los ERE: los cambios internos relevan a las pérdidas como principal causa
La mejora de la situación económica y la recuperación de los beneficios llevan a las medianas y grandes empresas a modificar sus estrategias para recortar costes laborales alegando cambios en la producción y en su organización interna mientras la insolven
Zaragoza--Actualizado a
Las causas económicas, como las pérdidas, la previsión de tenerlas o la disminución de las ventas, han dejado de ser la principal razón por la que los trabajadores se ven afectados por ERE (Expediente de Regulación de Empleo) en España: tanto el año pasado como en los tres primeros meses de este, los motivos productivos han desbancado a los económicos como el argumento que lleva a más asalariados al despido, a la suspensión de su contrato o a la reducción de su jornada.
Según los datos del Ministerio de Empleo, las regulaciones por causas productivas y organizativas, es decir, por cambios en la demanda o la oferta de productos y/o servicios de la empresa o por modificaciones de los sistemas de producción, ya superaron claramente en afectados en 2018 a los que veían finiquitada, suspendida o recortada su relación laboral por un argumento de carácter económico.
De hecho, solo los afectados por EREs productivos (39.526) duplicaron con creces el año pasado a los damnificados por los económicos (18.934), sin incluir a los 9.451 que se vieron incluidos en expedientes por cambios organizativos. Los primeros suponen apenas un tercio de los damnificados tras haber sido más de la mitad en los tres primeros años de aplicación de la reforma laboral, de 2012 a 2014.
Esa tendencia se mantiene en el inicio del año, en el que los 14.115 afectados por EREs productivos vuelven a duplicar a los 7.004 de los económicos, mientras otros 1.664 vieron modificadas sus condiciones laborales por causas organizativas.
Del resto, 1.388 más (entre la tercera y la cuarta parte de los 4.573 del todo el 2018) sufrieron EREs por cambios en los equipos tecnológicos y los sistemas de producción y los 201 restantes, por causas de fuerza mayor.
La insolvencia daña el empleo de pymes y microempresas
“Las causas económicas resultan disfuncionales en un contexto de recuperación económica. De hecho, las estadísticas oficiales reflejan un repunte enorme de los beneficios empresariales”, señala Antonio González, coordinador de la Secretaría General de Empleo de UGT.
Efectivamente, tanto la Contabilidad Nacional del INE (Instituto Nacional de Estadística) como la Agencia Tributaria apuntan en esa dirección. No obstante, los datos sobre los ERE incluyen algunos matices interesantes.
El principal de ellos se encuentra en el ratio de trabajadores afectados por EREs en función de las causas: 26 en las económicas y 43 en las técnicas, que normalmente tienen su origen en una inversión en la modernización de la empresa, frente a 152 en las organizativas y 294 en las productivas.
Ese dato, junto con el hecho de que los ERE por causas económicas sigan siendo los más numerosos, hasta el punto de que siguen sumando más expedientes que los que genera el resto de causas, indica que los problemas de viabilidad por motivos financieros afectan en mayor medida a las microempresas y las pymes que a las firmas de mayor tamaño. Y eso está teniendo efectos en la destrucción de empleo.
Otras operaciones estadísticas, como la del Procedimiento Concursal, abonan esa tesis: las microempresas, de hasta diez trabajadores, concentran en el último trimestre dos tercios de las declaraciones de insolvencia (779 de 1.147) a las que se suman otro 18% de las pequeñas (hasta 50 empleados), es decir, que casi nueve de cada diez firmas con problemas de liquidez tienen plantillas reducidas.
Y ocurre algo similar en relación con su volumen de negocio: casi el 60% de las que no pueden seguir adelante por motivos económicos facturan menos de un millón de euros al cabo del año.
La desconexión de las causas
“Durante la crisis la empresa alegaba causas económicas, para lo que ni siquiera era necesario tener pérdidas ya que con la reforma laboral bastaba con tres meses de descenso de los ingresos para poder aplicar un ERE”, señala González, que llama la atención sobre dos aspectos clave del escenario laboral.
Uno es la supresión del control administrativo de los ERE y la merma de su supervisión judicial. “Antes, la autoridad laboral y los jueces supervisaban si existía proporcionalidad entre la situación de la empresa y las medidas que proponía, si eran necesarios los despidos o las suspensiones de contratos, y en qué volumen y por cuánto tiempo”, señala, mientras que la normativa de 2012 permite utilizar los expedientes de regulación como una medida para reducir costes y seguir creando valor para el accionista.
“No se trata de impedir o limitar que la empresa se reestructure para ser competitiva, que para eso hay muchas estrategias y ritmos, sino de evaluar la conexión entre las medidas sobre el empleo y la situación económica”, añade el sindicalista.
La externalización de los costes
El otro aspecto es la externalización de costes que en la práctica supone para el Estado el sistema español de regulación de empleo, que nada tiene que ver, por ejemplo, con el ‘Kurzarbeit’ alemán, en el que la Administración costea las reducciones de jornada y financia la formación de los trabajadores afectados en esas horas durante el periodo acordado con la empresa, la cual, una vez pasado este, la devuelve a su duración inicial.
“Es un sistema obligatorio. Allí el despido colectivo requiere que se trata de una necesidad estructural y permanente de la empresa”, anota González.
Aquí las cosas van por otro derrotero: las empresas transforman bajas voluntarias en despidos, incluyen la aportación del desempleo en el cálculo de las indemnizaciones (algo habitual en la banca) y prorratean como rentas esas compensaciones por cese forzoso para evitar que tributen, entre otras prácticas.
“Cuando la empresa utiliza ese sistema está externalizando cargas a la sociedad, el Estado subvenciona el recorte de empleo, y eso necesita ajustes para reducir los costes sociales”, indica González, que apunta que “atenuar esas cargas era uno de los motivos de la autorización administrativa previa para los ERE”.
“La merma de la capacidad de supervisión administrativa y judicial no solo afecta a los intereses de los trabajadores, sino a los de toda la sociedad”, explica.
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