Público
Público

Los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital o de alguna pensión no podrán acceder al cheque de 200 euros del Gobierno

El texto del decreto determina que esta ayuda sirve para "paliar situaciones de vulnerabilidad económica no cubierta por otras prestaciones de carácter social".

'Ingreso Mínimo Vital'
Un cartel en el que se lee: 'Ingreso Mínimo Vital' en las rejas del Ministerio de Inclusión y Seguridad Social, a 28 de diciembre de 2022, en Madrid (España). Alejandro Martínez Vélez / EUROPA PRESS

Los hogares beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV) o los que perciban pensiones abonadas por el Régimen General y los Regímenes especiales de la Seguridad Social no podrán acceder al cheque de 200 euros aprobado este martes por el Gobierno. El texto del decreto, publicado este miércoles en el BOE, determina que esta ayuda sirve para "paliar situaciones de vulnerabilidad económica no cubierta por otras prestaciones de carácter social", como las antes mencionadas.

Tampoco quienes perciban prestaciones parecidas a las anteriores reconocidas a los profesionales no integrados en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Autónomos. También quedan excluidas las personas beneficiarias individuales cuando, durante 2022, fueron administradores de derecho de una sociedad mercantil que no hubiese cesado en su actividad a 31 de diciembre de 2022, o fuesen titulares de valores representativos de la participación en fondos propios de una sociedad mercantil no negociados en mercados organizados.

Por el contrario, el decreto señala que esta ayuda de 200 euros se dirige a quienes hayan sido asalariados, autónomos o desempleados en 2022, que tengan un máximo de ingresos -27.000 euros anuales-, y de patrimonio conjunto -de 75.000 euros- en función de la convivencia en el domicilio. En este último caso se calcula descontando la vivienda principal, en el caso de ser de la propiedad de los beneficiarios.

Además, este cómputo de ingresos y patrimonio se realizará con fecha a 31 de diciembre. En caso de matrimonio o pareja de hecho, será el cómputo conjunto, así como el de los menores y ascendientes que residan en el mismo hogar. Para ser beneficiario, también se debe tener la residencia habitual en España a 31 de diciembre.

Dónde se solicita

Las personas que quieran acceder a esta ayuda deberán presentar su solicitud en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), rellenando el formulario electrónico que estará a disposición de la ciudadanía desde el 15 de febrero hasta el 31 de marzo de 2023.

Al tratarse de un formulario electrónico -no está prevista la solicitud presencial- será necesario disponer de Cl@ve o certificado electrónico para realizar el trámite. Además, debe figurar la cuenta bancaria del titular de la solicitud en la que se desee que se realice el pago mediante transferencia bancaria en un pago único.

En el caso de que la solicitud sea rechazada, se notificará al solicitante una propuesta de resolución denegatoria. El solicitante dispondrá de un plazo de 10 días para alegar y presentar los documentos y justificantes que considere pertinentes.

Finalmente, el decreto informa de que, al objeto de financiar esta línea de ayuda, se ha aprobado en el presupuesto del Ministerio de Hacienda y Función Pública para 2023, la concesión de un crédito extraordinario por importe de 1.000 euros en la aplicación presupuestaria Línea de ayudas a personas físicas de bajo nivel de ingresos.

¿Te ha resultado interesante esta noticia?

Más noticias de Economía