MURCIA
Actualizado:El Juzgado de Primera Instancia número 14 de Murcia ha condenado al Banco Santander a reembolsar 316.000 euros a una octogenaria con alzhéimer. La mujer había invertido 500.000 euros en "productos financieros de alto riesgo", aconsejada por la entidad bancaria, que la animó a realizar hasta cinco operaciones de este tipo. El magistrado ha dado por invalidado el contrato y obliga al banco a indemnizar a la perjudicada.
Según Demetrio Pastor, el abogado que ha tramitado la demanda, las inversiones se realizaron cuando la clienta tenía entre 82 y 85 años y ya padecía una enfermedad degenerativa. De la cantidad total invertida, la octogenaria llegó a perder 315.646 euros. Parte de los productos financieros adquiridos "estaban referenciados al mercado bursátil alemán, a Euronext o a la Bolsa de Chicago", tal y como ha precisado el letrado.
La sentencia considera que la parte afectada, que contrató los servicios por recomendación de los empleados del banco, desconocía los peligros de la operación. "Pensaba que le garantizaban la rentabilidad y el capital", recoge la resolución judicial. Por su parte, los trabajadores de la sucursal dicen haber aportado a la clienta "folletos y fichas informativas", además de haberse reunido con sus hijos para explicarles "los riesgos del producto". Aun así, el operario que ha acudido como testigo reconoce que, pese a haberles hecho el test de idoneidad, "desconocía la formación de la propietaria y de sus hijos".
Finalmente, el juez dictaminó que se produjo "una falta de cumplimiento de la obligación de la entidad financiera de prestar la debida información al cliente". De hecho, el desconocimiento de la mujer fue lo que la llevó a aceptar las inversiones, sin saber "las pérdidas económicas" que podían ocasionarle. El magistrado declaró nulos los contratos y condena al Banco Santander a devolver a la demandante todo el dinero perdido, así como los intereses que habría recibido. Al anularse el acuerdo y volver la situación al punto inicial, el banco descontará a la clienta los intereses que haya podido abonarle "desde la fecha de interpelación judicial". No es la primera vez que la firma financiera se enfrenta a una sanción de este tipo.
¿Te ha resultado interesante esta noticia?
Comentarios
<% if(canWriteComments) { %> <% } %>Comentarios:
<% if(_.allKeys(comments).length > 0) { %> <% _.each(comments, function(comment) { %>-
<% if(comment.user.image) { %>
<% } else { %>
<%= comment.user.firstLetter %>
<% } %>
<%= comment.user.username %>
<%= comment.published %>
<%= comment.dateTime %>
<%= comment.text %>
Responder
<% if(_.allKeys(comment.children.models).length > 0) { %>
<% }); %>
<% } else { %>
- No hay comentarios para esta noticia.
<% } %>
Mostrar más comentarios<% _.each(comment.children.models, function(children) { %> <% children = children.toJSON() %>-
<% if(children.user.image) { %>
<% } else { %>
<%= children.user.firstLetter %>
<% } %>
<% if(children.parent.id != comment.id) { %>
en respuesta a <%= children.parent.username %>
<% } %>
<%= children.user.username %>
<%= children.published %>
<%= children.dateTime %>
<%= children.text %>
Responder
<% }); %>
<% } %> <% if(canWriteComments) { %> <% } %>