Este artículo se publicó hace 15 años.
El Supremo rebaja la pena a tres mossos condenados por torturas
Los mossos golpearon y amenazaron de muerte, metiéndole una pistola en la boca, a un hombre rumano al que habían detenido por error
Se puede torturar a un hombre sin ensañarse con él. Al menos así lo considera el Tribunal Supremo, que ha rebajado la condena a tres mossos d'Esquadra condenados por ese delito.
En noviembre de 2008, la Audiencia de Barcelona condenó a 6 mossos por arrestar a un hombre rumano y propinarle una paliza. Según se considera en la sentencia, durante la detención, Lucian P. recibió golpes por todo el cuerpo. También los mossos le insultaron, y ni tan siquiera se identificaron como policías. En un momento determinado, le metieron una pistola en la boca y le aseguraron que lo iban matar. Pero no hubo "ensañamiento".
La sentencia considera que no hay ensañamiento en torturar y amenazar de muerte a un hombre
Por si el suceso no fuera lo suficientemente escabroso, la Audiencia consideró probado que los mossos lo detuvieron por error, al confundirle con un ladrón. Y, para más inri, detuvieron a su novia, que se encontraba embarazada.
Así, a Jordi Perise, Joan Salva y Manuel Farre, el Supremo les impone una pena de prisión total de cuatro años y nueve meses, al mantener el pronunciamiento de la Audiencia respecto al delito de torturas agravadas (tres años de cárcel e inhabilitación por nueve años) y rebajar sin embargo en dos años y dos meses la pena inicial por lesiones, que se reduce ahora a un año y nueve meses.
Del mismo modo, el tribunal mantiene la pena a un cuarto mosso, sustituye la multa por una pena de seis meses de cárcel para un quinto y mantiene la absolución del sexto de los implicados en este suceso.
El alto tribunal considera que no se dan los requisitos para aplicar el agravante de ensañamiento, que requiere "la causación de unos males innecesarios, esto es, aquellos resultados de la acción que no sean necesarios a la finalidad perseguida por el autor".
En este caso, entiende la sentencia que es difícil afirmar que la pluralidad de golpes que recibió Lucian P., al que confundieron con un ladrón, "fuera innecesaria para la ejecución de los hechos".
El pasado día 25 de noviembre, en una vista celebrada en el alto tribunal, la Fiscalía solicitó al Supremo que mantuviera la condena de seis años y siete meses de prisión que la Audiencia Barcelona impuso a los tres mossos de'Esquadra, al considerar que la sentencia exponía de manera "extraordinariamente aclaratoria" la "brutalidad" con la que actuaron los agentes.
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