El Tribunal Supremo ha desestimado los recursos interpuestos por las defensas de los miembros de la organización neonazi 'Blood and Honour España' acusados de un delito de asociación ilícita y tenencia de armas. Con ello, ratifica la sentencia dictada en julio del año pasado por la Audiencia Provincial de Madrid, que condenaba a 14 de los 18 acusados a penas entre uno y tres años de prisión.
La facción española de la asociación neonazi deberá disolverse, según impone la sentencia del Tribunal Supremo por defender la promoción de la violencia y el odio contra grupos considerados inferiores dentro de la sociedad. El Tribunal también ha considerado que la difusión por parte de 'Blood and Honour' de la ideología nacionalsocialista, con la intención de recuperar la Europa de Adolf Hitler, es un delito probado.
En la sentencia se muestra cómo en diciembre de 1999 los acusados Roberto L.U. y Francisco José L.P. crearon, en el madrileño municipio de Getafe, la asociación con el objetivo de conseguir 'la conservación de la cultura europea y el fomento del activismo juvenil que apoye ese fin'. Palabras con las que se intentaba ocultar su verdadero sentido como facción española, de la ya creada en Reino Unido en 1987, y englobada dentro del movimiento Skinhead nacionalsocialistas.
Una asociación para apartar a los jóvenes de la droga
Aunque Blood & Honour (Sangre y Honor) fue inscrito en el registro del Ministerio del Interior como una 'asociación cultural' que pretendía ayudar a los jóvenes a no caer en la droga, ha quedado demostrada la existencia de un acta fundacional paralela que no se caracteriza por los mismo rasgos de legalidad. En el documento secreto incautado por la Guardia Civil que salió a la luz durante el juicio en la Audiencia Nacional, se desvela su naturaleza neonazi al autocalificar a sus miembros como 'soldados políticos; es decir, skinheads nacionalsocialistas'.
Una asociación bien organizada y jerarquizada bajo la dirección y liderazgo de Roberto L.U. que sobrevivía gracias a los pagos mensuales de sus socios, a la organización de actos y conciertos de grupos como RAC (siglas correspondientes a la denominación 'Rock Anti Comunista'), así como por la venta de productos de ideología y simbología neonazi en puntos de venta establecidos en los propios conciertos. Todo para servir a los fines de la organización y conseguir una mayor difusión ideológica y de acción.
Según demostró el fiscal, 'en dicha fiesta se dieron gritos alusivos a la raza judía tales como 'seis millones de judíos más a la cámara de gas', que eran jaleados por todos los asistentes'.
En diferentes registros realizados por la Guardia Civil en los domicilios y puestos de trabajo de los acusados, se incautaron armas no homologadas y prohibidas en España como extensibles de acero, pistolas eléctricas y sprays de defensa personal.
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