Este artículo se publicó hace 15 años.
El nuevo reparto del IRPF ignora a las ONG sin proyectos estatales
Las ayudas sólo podrán concederse a programas cuya ejecución se localice en varias Comunidades Autónomas
La nueva orden ministerial que regula la concesión de subvenciones con cargo al IRPF limita el acceso a las ONG que carezcan de proyectos de carácter estatal.
Así consta en la propuesta que está preparando el Ministerio de Educación y Política Social y que debatirá este martes con las comunidades autónomas en conferencia sectorial.
Precisamente, el grupo parlamentario de Convergencia i Unió (CiU) ha pedido la comparecencia de la ministra de Educación, Política Social y Deporte, Mercedes Cabrera, en el Parlamento para que ofrezca explicaciones sobre este asunto.
"Agrupaciones en las que participen entidades de ámbito autonómico, provincial o local de, al menos, dos comunidades"Según el borrador de la orden que fija las bases de la concesión de subvenciones para programas de interés social con cargo al IRPF de 2008, podrán beneficiarse de las mismas Cruz Roja y las ONG o entidades sin fines de lucro "que desarrollen programas de carácter estatal".
"Se considerará de carácter estatal aquellas agrupaciones en las que participen entidades de ámbito autonómico, provincial o local de, al menos, dos comunidades autónomas o alguna entidad inscrita en un registro administrativo de ámbito estatal", explica el documento.
El Ministerio impone sus condicionesPara la convocatoria de 2009 podrán acogerse las organizaciones, con independencia de su ámbito territorial y de actuación, que presenten proyectos sufragados en convocatorias anteriores y estén pendientes de conclusión.
Las ayudas sólo podrán concederse a programas cuya ejecución se localice en varias CCAA; rebasen el interés autonómico; sus efectos directos e indirectos se extiendan a distintas regiones, y aquellos cuya ejecución, teniendo el mismo fin, se haga coordinadamente en diferentes CCAA a través de una agrupación estatal.
En cuanto a las entidades que pidan subvenciones para programas plurianuales dirigidos a personas dependientes o en situación o riesgo de exclusión social, deberán tener como mínimo diez años de existencia y el 75% de su personal con contrato indefinido.
En la propuesta ministerial se afirma que la Administración General del Estado tiene título competencial para gestionar con plena autonomía el Programa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
De acuerdo con el Tribunal Constitucional, es "imprescindible" realizar la gestión centralizada con objeto de "garantizar la igualdad de los posibles destinatarios en todo el territorio nacional".
De la misma manera, razona, el TC afirma que el Estado no puede verse privado del ejercicio de sus competencias exclusivas por la existencia de una competencia, aunque también sea exclusiva, de una comunidad autónoma.
Sin embargo, por razones de competencia y respeto competencial, las comunidades autónomas serán consultadas en la elaboración de la convocatoria y colaborarán en la valoración de los programas presentados en la convocatoria.
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