¿Qué pasa con los contratos temporales?
El Gobierno ha suspendido durante dos años el artículo 15.5 del Estatuto de los Trabajadores que pone límite al encadenamiento de contratos temporales. Hasta ahora, los trabajadores que en un periodo de 30 meses hubieran estado contratados con dos o más contratos durante más de 24 meses (seguidos o no) en la misma empresa o grupo tenían que pasar a ser trabajadores fijos. La otra opción para las empresas era despedirlos. A partir de ahora y durante dos años, esos límites desaparecen, de forma que un mismo trabajador podrá encadenar contratos temporales sin límite. Además, este periodo de dos años no computa de cara al futuro, es decir, el contador del tiempo que un trabajador lleva como temporal en una empresa no correrá durante este periodo.
Sí. El Gobierno ha sustituido el anterior contrato de formación por uno nuevo, para la formación y el aprendizaje. Se inspira en el modelo dual alemán, que combina estudios con trabajo en empresas. Está dirigido a los jóvenes que no hayan acabado sus estudios o que carezcan de título universitario, de formación profesional o de certificación profesional.
El nuevo contrato se podrá registrar con jóvenes de hasta 25 años y, excepcionalmente durante dos años, hasta 30. La jornada de trabajo será del 75% de la jornada laboral habitual en la empresa. El resto del tiempo se dedicará a actividades formativas en centros educativos reglados. El salario se fijará en convenio y no podrá ser inferior al salario mínimo interprofesional en proporción a la jornada laboral en la empresa. Es decir, en los próximos dos años puede haber jóvenes de 30 años que cobren 480 euros mensuales. La duración mínima del contrato será de un año y la máxima, de tres, en caso de que las necesidades formativas o de la empresa así lo requieran.
No. Las empresas que formalicen estos contratos tendrán una reducción del 100% de las cotizaciones a la Seguridad Social durante la vigencia del contrato. Para las empresas de más de 250 empleados, serán del 75%. Si los convierten en contratos indefinidos, tendrán derecho a una reducción de la cotización social de 1.500 euros anuales durante tres años (1.800 euros si la contratada es mujer).
Sí, el periodo para transformar contratos temporales en indefinidos de fomento del empleo (con 33 días de indemnización por año trabajado) se amplía. Hasta el 31 de diciembre de este año se podrán convertir los contratos celebrados antes de la entrada en vigor de este decreto. Los registrados con posterioridad podrán transformarse hasta final de 2012.
La ayuda de 400 euros para personas en paro y que hayana gotado sus prestaciones se prorroga otros seis meses. Esta prestación va ligada a la realización de cursos de formación o recualificación, el llamado programa ‘Prepara', del que se han beneficiado unas 128.000 personas.
En seis meses, el Fondo de Garantía Salarial, encargado de sufragar sueldos e indemnizaciones de trabajadores cuyas empresas se declaran insolventes o en concurso de acreedores, se fusionará con el Servicio Público de Empleo.
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