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El Estado no tiene responsabilidad en los casos de Forum y Afinsa

La Audiencia Nacional considera que su actividad escapaba de su ámbito de supervisión

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La Audiencia Nacional ha rechazado declarar la responsabilidad patrimonial del Estado como pedían los afectados de Forum y Afinsa al considerar que la actividad desarrollada por estas sociedad escapaba del ámbito de supervisión de las autoridades financieras.

En varias sentencias notificadas hoy, los magistrados de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, quienes han  dedicado varias semanas al estudio de los numerosos motivos invocados por las partes y han adoptado la decisión por unanimidad, resuelven en este sentido los primeros recursos de un total de 570 presentados, que afectan a más de 200.000 ciudadanos y que anticipa la decisión que previsiblemente se aplicará a todos ellos.

La tramitación de los recursos ha generado considerables dificultades
procesales, lo que motivó la creación de una secretaría de refuerzo para su tramitación.

Los recursos impugnaban las resoluciones del Ministerio de la Presidencia

Los recursos impugnaban las resoluciones del Ministerio de la Presidencia que desestimaron las reclamaciones de responsabilidad patrimonial contra el Estado por el mal funcionamiento de diferentes organismos  en el ejercicio de sus competencias de supervisión y control sobre las actividades desarrolladas por las empresas Forum y Afinsa.

El Tribunal considera que la actividad desarrollada por Forum y Afinsa era de naturaleza mercantil y los contratos suscritos en el ámbito de dicha actividad se regulaban por la legislación mercantil.

Partiendo de dicho planteamiento, se descarta, en primer lugar, la responsabilidad del Ministerio de Sanidad y Consumo por falta de desarrollo reglamentario de la referida disposición adicional, al entender, coincidiendo con el criterio mantenido por el Consejo de Estado, que la citada norma no 'requería necesariamente un desarrollo para su aplicación'.

Los antiguos gestores de Afinsa creen que la sentencia de la Audiencia Nacional, que rechaza la responsabilidad patrimonial del Estado, avala su tesis de que la empresa desarrolló siempre una actividad mercantil y que las decisiones de intervenir y liquidar la compañía fueron injustas.

Fuentes jurídicas próximas al ex presidente de Afinsa, Juan Antonio Cano Cuevas, señalaron a EFE que la resolución apoya su teoría de que los contratos de inversión en sellos con rentabilidad garantizada y pacto de recompra estaban amparados por la legislación como una actividad mercantil, por lo que fue errónea la decisión de la Agencia Tributaria de iniciar actuaciones contra la empresa por considerar financieras las operaciones.

También sostuvieron que el juez mercantil Francisco Javier Vaquer, que ha ordenado la liquidación de la compañía, se equivocó al calificar de financiera la actividad de Afinsa, como también hizo la administración concursal, que afloró un agujero patrimonial de 1.823 millones de euros al contabilizar como deudas los importes debidos a los clientes.

En noviembre de 2008, el titular del Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid afirmó que 'cientos de miles de personas invirtieron sus ahorros en Afinsa con la finalidad de obtener una segura y prefijada retribución a su ahorro; nunca intervenir en el mercado filatélico', por lo que calificó los contratos realizados como 'operaciones de imposición a plazo o depósito irregular'.

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