Este artículo se publicó hace 14 años.
Justicia acepta inscribir a los hijos de vientres de alquiler
En las parejas gays, los dos miembros podrán figurar en la inscripción como padres del bebé
El Ministerio de Justicia, a través de la Dirección General de los Registros y del Notariado, ha dictado una instrucción que permite inscribir en el Registro Civil a los niños nacidos en el extranjero a través de los llamados vientres de alquiler (la gestión producida a través de un contrato con la gestante). Esta práctica no está permitida en España.
La medida beneficia sobre todo a las parejas de homosexuales, que hasta ahora no podían inscribir a sus hijos gestados en el extranjero porque era imprescindible que figurara el nombre de la madre. Las parejas heterosexuales, en cambio, llevan años inscribiendo a sus hijos. En su caso, el nombre de la madre solicitante es el que termina figurando en el registro como si fuese la madre biológica.
La instrucción del ministerio entrará en vigor el próximo viernes
En adelante, la inscripción del bebé será posible si los solicitantes entregan una resolución judicial dictada por un tribunal del país de origen, es decir, por un juez que verifique que el proceso de gestación ha sido legal (que la mujer gestante no ha sufrido coacciones, por ejemplo) y que incluya que la mujer ha renunciado a la patria potestad. Así, en el registro ya podrán figurar sin problema los dos hombres como padres del bebé. La instrucción entrará en vigor este viernes.
En el caso de que en el futuro el niño o niña quiera conocer a su madre biológica, el nombre de ésta no figurará en su inscripción. En este caso, no obstante, esa identidad habrá quedado registrada en la resolución judicial del país donde se produjo la gestación.
Con esta práctica, Justicia pretende proteger tanto a la mujer gestante como al menor. "Hay webs que ofrecen, dentro de un paquete turístico, la posibilidad de alquilar un útero en el extranjero. Los derechos de esas mujeres no están garantizados y hay indicios de que se produce tráfico de menores", señalaron ayer fuentes del Ministerio de Justicia. Dichas fuentes afirmaron que actualmente hay seis recursos al respecto, aunque desde la Federación Estatal de Lesbianas, Gays, Transexuales y Bisexuales (Felgtb) elevaron la cifra a 26.
"Hasta que no tenga el DNI de mi hija no me lo creo", celebra un afectado
Desde la Felgtb celebraron la resolución. "Hasta ahora, las parejas homosexuales quedaban discriminadas en este punto respecto a las heterosexuales", según señaló Antonio Poveda, presidente de la Federación, que recordó "el limbo jurídico" en el que en este momento se encuentran estos niños.
Antonio y Juan son una pareja de Madrid que tiene una hija de siete meses nacida a través de una mujer gestante en Estados Unidos. "Parece que todo va a quedar solucionado, pero hasta que mi hija no tenga su DNI y no esté inscrita en nuestro libro de familia, no vamos a parar de pelear", explicó ayer Antonio.
Este padre explicó que en Estados Unidos "todo está muy regulado". "La mujer gestante tiene una estabilidad social, económica y psicológica. Recibe una compensación económica por las molestias sufridas en el embarazo", agregó Antonio.
Él y su pareja trajeron a su hija a España con pasaporte estadounidense. "En España nos han denegado su inscripción, no figura en ningún lado", añadió.
En principio, los padres que han acudido a la gestación subrogada en Estados Unidos no van a tener problema, porque allí es obligatoria la sentencia judicial que exige ahora el Ministerio de Justicia para hacer la inscripción. "En cambio, los padres que hayan hecho la gestión en otros países, como la India, lo van a tener más complicado, porque en estos países, de momento, no expiden ninguna resolución judicial", concluyó Luisa Notario.
La arbitrariedad de los consuladosEn febrero de 2009, la Dirección General de los Registros y del Notariado española revocó una decisión del Registro Civil consular de Los Ángeles (EEUU), que había denegado un año antes a una pareja de hombres españoles la inscripción de nacimiento de dos gemelos nacidos mediante gestación de sustitución.
A raíz de la instrucción, el Ministerio de Asuntos Exteriores recordó el año pasado a todos los consulados que, ante casos "dudosos o difíciles" de filiación, debían consultar a la Dirección General del Registro y del Notariado.
En junio de 2009, otra pareja homosexual denunció la "arbitrariedad" de los consulados españoles para registrar a los hijos concebidos por medio de un vientre de alquiler. El proceso que se les negó en EEUU, se les autorizó en India.
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