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El juicio del caso "Malaya" tendrá 95 acusados y empezará el 27 de septiembre

EFE

El juicio contra la mayor trama de corrupción en un ayuntamiento -Marbella- conocida en la historia de España, el caso "Malaya", tendrá 95 acusados y empezará en la Audiencia Provincial de Málaga el próximo 27 de septiembre.

El tribunal que juzgará el procedimiento ha acordado citar a las partes a las 10.00 horas del 27 de septiembre para el inicio de las sesiones del juicio oral, que empezarán con el examen de las posibles cuestiones previas, según un auto al que ha tenido acceso Efe.

En dicha resolución judicial, que consta de 19 folios, se acuerda la apertura del juicio contra 95 procesados, entre los que figuran el ex asesor de Urbanismo del consistorio marbellí Juan Antonio Roca, presunto cerebro de la trama, y los ex alcaldes Julián Muñoz y Marisol Yagüe.

Durante la instrucción del procedimiento, que determinó incluso la disolución del Ayuntamiento de Marbella, hubo más de un centenar de procesados, pero algunas ramificaciones de la investigación han conllevado que se deduzca testimonio para su investigación y persecución en procedimientos penales separados.

Los magistrados argumentan que un proceso penal no puede mantenerse abierto indefinidamente a resultas de nuevas noticias delictivas, ampliando el número de delitos y de procesados hasta el límite de hacer ingobernable el proceso.

Además, el tribunal recuerda que numerosas defensas han denunciado "el carácter mastodóntico de este macroproceso", por lo que atendiendo a criterios de necesidad y proporcionalidad no pueden tener cabida en el mismo hechos nuevos, porque sería "ingobernable, y en definitiva, imposible de celebrar".

La Sala también acuerda en el auto judicial la extinción de la responsabilidad penal de tres procesados fallecidos, la rebeldía de otros tres (los ex concejales del Ayuntamiento de Marbella Carlos Fernández y Javier Lendínez y el empresario José Manuel Llorca) y el sobreseimiento provisional de otro.

Los magistrados entienden que la complejidad de la causa, el elevado número de procesados y el hecho de haber cesado el juez instructor "hacen conveniente, para evitar dilaciones en su tramitación, que se acepte la conclusión del sumario" y que se remita la investigación de algunos hechos a procedimientos separados "para su adecuada depuración y sanción".

En los fundamentos jurídicos se argumenta que "el sumario puede considerarse completo por haber sido practicadas todas las diligencias esenciales para su perfección".

Además, para garantizar los derechos de los abogados personados en el procedimiento, el Tribunal concede a las partes la posibilidad de plantear aquellas cuestiones previas que no se hayan resuelto todavía por la Sala.

En la misma línea, los magistrados admitirán antes de la vista oral aquellas pruebas que consideren pertinentes y necesarias para garantizar los intereses de los procesados.

Pero el Tribunal advierte a los letrados de que las pruebas tendrán que estar justificadas de forma razonada y que no pueden suponer un fraude procesal.

Los magistrados afirman que "existen indicios (que no pruebas) suficientes para decretar la apertura de juicio oral contra los procesados, sin perjuicio, claro está, de lo que pueda realmente llegar a acreditarse respecto a la verdadera naturaleza de los hechos aparentemente delictivos imputados".

Por último, el Tribunal acuerda dar al ministerio fiscal y a las acusaciones un plazo de treinta días naturales para que califiquen por escrito los hechos.

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