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La Fiscalía sólo detecta 19 posibles denuncias falsas

El Ministerio Público pidió en 2008 investigar 19 casos de 49.600 procesos al sospechar que las mujeres habían mentido. Este año se hará un seguimiento específico de estos supuestos

PATRICIA RAFAEL

Durante 2008, los fiscales pidieron abrir 19 investigaciones por presuntas denuncias falsas de violencia de género, una más que en 2007, según datos de la Fiscalía especializada en Violencia contra la Mujer. La cifra no representa ni siquiera el 0,05% de las 49.600 procesos celebrados el año pasado en los juzgados españoles. De ellos, el 63% acabó en condena y el 37% en absolución, según datos recogidos en el Observatorio de la Violencia Doméstica y de Género del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

Por primera vez, este año el Ministerio Público realiza además un seguimiento concreto de estos procesos. Así, cada vez que un fiscal pide al juez que deduzca testimonio por una presunta denuncia falsa (es decir, que se abra una investigación) se comunica inmediatamente a la fiscal de Sala de Violencia Contra la Mujer, Soledad Cazorla. También se debe transmitir cualquier novedad en los casos. 'Que un fiscal solicite una investigación por supuesta denuncia falsa no quiere decir que el juez la acepte, ni mucho menos que la acusación sea cierta', matiza Cazorla.

Cuando se deduce testimonio por denuncia falsa se abre un nuevo proceso penal, donde el juez debe decidir si ese testimonio es constitutivo de delito y si, por tanto, merece ser juzgado. Así ha ocurrido en Sevilla, donde un magistrado de violencia de género dictó la semana pasada un auto en el que aseguraba que una mujer presentó denuncias falsas contra su ex pareja y pidió abrir un proceso para determinar si ella actuó de mala fe.

Casos como este último, y otro también registrado en Sevilla esta semana, en el que una mujer aseguró en un juicio que se había inventado la acusación contra su marido, son aprovechados desde ciertos sectores para alimentar una de las críticas que de forma intermitente surge contra la Ley Integral: que las comisarías y los juzgados acumulan denuncias falsas.

Altamira Gonzalo, presidenta de la Asociación de Mujeres Juristas Themis, y con 35 años de profesión a sus espaldas, rechaza las críticas: 'Jamás he visto que una mujer interpusiera una denuncia que no era cierta, lo que no quiere decir que no existan, pero sí que representan una proporción muy pequeña'. La jurista pide que cuando se detecte una denuncia falsa, se persiga. 'Se hace mucho daño a las verdaderas víctimas y muchas de ellas aún no se atreven a denunciar precisamente porque tienen miedo de que las acusen de presentar falsas denuncias', añade.

La presidenta del Observatorio del CGPJ, Inmaculada Montalbán, se pregunta por qué en otros ámbitos no se cuestiona el sistema penal, y pone un ejemplo: 'A menudo se presentan querellas para lograr el pago de una deuda y nadie cuestiona a los querellantes'.

Ante las críticas a la ley, el Observatorio recoge este año por vez primera datos sobre posibles denuncias falsas. 'Queremos saber si lo que se critica tiene correspondencia con la realidad', explica Montalbán. El informe analizará 530 sentencias dictadas en las Audiencias Provinciales, tanto las que llegaron directamente al juzgarse los delitos más graves, como las emitidas en virtud de apelaciones.

Las expertas defienden que el sistema está preparado para detectar las denuncias falsas. 'Es un equilibrio de derechos y todos los imputados tienen garantizados sus derechos constitucionales', señala Cazorla, para quien no se deben equiparar además falsa denuncia y absolución. 'En la violencia de género existen delitos difíciles de demostrar, porque se dan en una relación sentimental y ocurren además dentro de cuatro paredes', explica.

Si además la única prueba que existe en el juicio es el testimonio de la víctima, el proceso se complica aún más en caso de que ella decida acogerse al derecho a no declarar contra un familiar. En 2008 los fiscales retiraron su acusación en 96 casos porque la mujer se dispensó de declarar al amparo del artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

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