Este artículo se publicó hace 16 años.
Una empresa debe readmitir e indemnizar a una trabajadora que sufría trato vejatorio
El Juzgado número 19 de lo Social de Madrid ha condenado a una empresa a readmitir a Esther L.M., una trabajadora que había sido despedida y sufría trato vejatorio por parte de su superior José Julio L·L., quien la insultaba y luego aseguraba que "las chicas de hoy en día no aguantan nada".
Asimismo ha condenado a la empresa a pagar a la trabajadora cerca de 22.000 euros por los perjuicios económicos y los daños morales causados.
Según ha informado el sindicato UGT de Madrid en un comunicado, cuando la dirección de la empresa tuvo conocimiento de los hechos que le notificó la trabajadora, no sólo no intervino sino que la despidió.
Por este motivo, el Juzgado de Social considera nulo el despido de Esther L.M. por "vulneración de los derechos fundamentales a la tutela judicial efectiva, al respeto a la dignidad, la libertad personal, la integridad física y moral, la intimidad, el honor y la salud laboral, condenando a la empresa a readmitir a la trabajadora en iguales condiciones y al abono de los salarios desde el despido hasta la readmisión".
Entre los ejemplos de trato vejatorio reflejados en la sentencia destacan algunos como "todo lo malo que te pasa es por no creer en Dios", "estoy harto de escuchar tu voz" o "hasta donde le llegan los cuernos a tu novio".
Cuando la trabajadora le requería para que no se inmiscuyese en su vida privada, su superior le contestaba: "la próxima vez que me hables así te irás a la puta calle porque yo hago así y tengo cincuenta personas como tú, (...) niñata maleducada, consentida", entre otros insultos.
Comentarios de nuestros suscriptores/as
¿Quieres comentar?Para ver los comentarios de nuestros suscriptores y suscriptoras, primero tienes que iniciar sesión o registrarte.